El INE aprobó un proyecto que acata una resolución del Tribunal Electoral, en la cual se ordenó entregar las constancias de mayoría a otro grupo que contendió por los cargos de magistrados de circuito y jueces de distrito, y que, a pesar de no reunir el promedio de 8 en licenciatura y 9 en especialidad, ganó en la elección del 1 de junio.
En la sesión de este jueves, el Consejo General del INE dio luz verde por unanimidad al proyecto, en el que también se entregaron constancias de mayoría a candidatas por el principio de paridad.
Se entregaron 4 constancias de mayoría a candidaturas que no habían obtenido promedio de 8; un total de seis para quienes no tenían 9 en especialidad; 9 por paridad y una por inviabilidad.
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La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, afirmó que las candidaturas que hoy recibieron su constancia de mayoría —a unos días de que entre en operación el Poder Judicial surgido de la elección del 1 de junio— no tienen menor validez que las demás.
“Su elección no es menos legítima ni menos válida; al contrario, representa la fortaleza de nuestras instituciones para corregir, garantizar y proteger la voluntad ciudadana”, indicó.
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En tanto, el consejero Martín Faz, al igual que otras consejerías, dio su voto a favor por tratarse de una resolución del Tribunal Electoral; sin embargo, cuestionó que lleguen candidaturas que no cumplieron con el promedio necesario para ocupar algún cargo en el Poder Judicial.
“Acato el acuerdo como obligación legal, pero no puedo avalar un acto que, en su contenido y contexto, ignora la Constitución al permitir que personas electas para ejercer cargos en el Poder Judicial asuman funciones sin haber cumplido los requisitos que la Carta Magna establece”, afirmó.
De acuerdo con la convocatoria, las personas candidatas deben cumplir con un promedio de 8 en licenciatura y de 9 en las materias relacionadas con el cargo al que se postulan, ya sea en licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
Estos requisitos aplican para cargos como ministros de la Suprema Corte, magistrados de la Sala Superior y regionales, jueces de distrito, magistrados de circuito e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.
El INE inicialmente anuló candidaturas por no cumplir con el promedio; no obstante, el Tribunal Electoral resolvió que dicho instituto no tiene facultades para verificar estos requisitos, ya que esa responsabilidad recae en los comités evaluadores de los tres poderes de la Unión.
Aprueba INE lineamientos para credencialización de personas en reclusión
El Consejo General del INE aprobó por unanimidad los “Lineamientos para la credencialización de personas privadas de la libertad”.
Durante la sesión de este jueves, el presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores, Arturo Castillo explicó que la entrega de la credencial será de manera directa y personal al titular.
Sin embargo, dadas las condiciones particulares de esta población, se prevé que una vez entregada, la persona titular podrá solicitar al INE su resguardo por hasta 10 años, es decir, por el tiempo de la vigencia de la credencial.
Las personas privadas de la libertad podrán designar a una persona de su confianza, quien actuará como “Enlace” de contacto ante el INE, para gestionar el trámite.
En el caso de quienes ya tienen una sentencia, la Credencial podrá ser usada sólo como identificación y sus datos se mantendrán en la base de datos del Padrón Electoral, con el estatus de “suspendida(o) en sus derechos político-electorales”.
