El 1 de septiembre, la presidenta Claudia Sheinbaum presentará en Palacio Nacional su Primer Informe de Gobierno, un evento sumamente relevante para la vida política del país, el cual, a su vez, ha despertado algunas dudas: ¿es día de descanso obligatorio? De ser así, ¿cuánto deben pagarles a las y los trabajadores, según la Ley Federal del Trabajo (LFT)? Aquí te contamos los detalles.
¿El 1 de septiembre es considerado de descanso obligatorio?
Aunque el Primer Informe de Claudia Sheinbaum tiene relevancia en la vida pública, la fecha del 1 de septiembre no está incluida dentro de los días feriados oficiales establecidos en el artículo 74 de la LFT.
Esto quiere decir que no existe un beneficio laboral extra. Las oficinas, empresas y dependencias funcionarán de manera normal, y los trabajadores que deban presentarse no recibirán pago adicional por esa jornada.
Te podría interesar
En otras palabras, la presentación del informe presidencial no modifica el calendario laboral del país.
¿Qué día sí se paga doble o triple en septiembre?
La propia LFT, en su artículo 75, aclara que cuando se trabaja en un día de descanso obligatorio, el patrón debe otorgar, además del salario normal, un pago doble. Es decir, en la práctica el empleado recibe un pago triple.
Te podría interesar
Durante septiembre, el único día que sí tiene este carácter es el 16 de septiembre, cuando se conmemora la Independencia de México. En 2025, esta fecha caerá en martes, por lo que quienes deban acudir a laborar tendrán derecho a esa retribución adicional.
Así que, aunque el Primer Informe de Gobierno de Claudia Sheinbaum será un acontecimiento político de gran relevancia el 1 de septiembre, esta fecha no aparece en la lista de descansos obligatorios de la LFT. Por lo tanto, no genera pago doble ni un beneficio extra para los trabajadores, y las actividades seguirán con normalidad en todo el país.
