La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la desaparición del Fondo del Cambio Climático que se decretó durante el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por ello, le otorgó el amparo a la organización Greenpeace para el efecto de que no se le aplique el decreto de reforma a la Ley General de Cambio Climático, publicado el 6 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.
En su proyecto de resolución, la ministra Margarita Ríos Farjat argumentó que la extinción del fondo constituye una medida regresiva que afecta el derecho a un medio ambiente sano y redujo el nivel de protección que se había alcanzado para tutelarlo.
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Lo anterior, agregó, no solo implicó la disminución de recursos disponibles, sino también una pérdida de independencia y certeza jurídica en el financiamiento para mitigar los efectos del cambio climático.
Esto porque, el decreto impugnado eliminó las reglas generales que existían para regular el financiamiento, la evaluación y fiscalización de los proyectos y programas para enfrentar el cambio climático, lo que afectó principios como eficiencia, transparencia y honradez en el uso del presupuesto público. Además, el legislador no justificó adecuadamente la desaparición del fondo.
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Es de mencionar que la resolución de la Primera Sala contrasta con la que la que aprobó la Segunda Sala en abril de 2023, en la que le negó el amparo al Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) bajo el criterio de que la eliminación del fondo no afecta el derecho al medio ambiente sano, toda vez que se contempla el acceso a recursos mediante el Presupuesto de Egresos.