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SCJN no alcanza mayoría para invalidar disposiciones de la LGIPE en materia de elección judicial

Quedan firmes las reformas a los artículos 45 y 48 que le otorgaron facultades a la presidenta del INE para realizar nombramientos de directivos sin consultar al Consejo General.

El alto tribunal no logró declarar inconstitucional las modificaciones al artículo 522 relativas al financiamiento de los candidatos.
El alto tribunal no logró declarar inconstitucional las modificaciones al artículo 522 relativas al financiamiento de los candidatos.Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no alcanzó la mayoría de ocho votos para invalidar diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), en materia de elección judicial.

De esta forma, quedaron firmes las reformas a los artículos 45 y 48 que le otorgaron facultades a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala, para realizar nombramientos de directivos sin consultar al Consejo General.

Del mismo modo, el alto tribunal no logró declarar inconstitucional las modificaciones al artículo 522 relativas al financiamiento de los candidatos. Fue en este punto, cuando el ministro Javier Laynez Potisek cuestionó si las ministras que van a participar en la elección no estaban impedidas para participar en la discusión.

“Es un hecho notorio que entre los miembros de este tribunal pleno hay tres candidatas, dentro del proceso que es vigente en este momento, y este tipo de disposiciones atañe directamente el financiamiento de esas campañas. Yo pregunto si no tendría que haber un impedimento para resolver”.

En respuesta, la ministra Loretta Ortiz Ahlf rechazó que estén impedidas para participar en la discusión.

“La participación de cada una de las personas que integramos este tribunal pleno es crucial para la determinación de la constitucionalidad de una norma, de manera que limitar la participación de uno o una de nosotras podría ser definitoria. Estimo que no me encuentro en una posición que comprometa mi imparcialidad”.

Ante los señalamientos que hizo Ortiz Ahlf, el ministro Alberto Pérez Dayán refirió que este asunto da cuenta de que los jueces pueden ser imparciales, pese a que una resolución los pueda beneficiar o perjudicar.

“Cuando se cuestiona públicamente si un juez de distrito concede una suspensión y se le dice, falta a la ética porque se está protegiendo a si mismo, nos muestra como los jueces podemos ser lo suficientemente maduros e imparciales para saber que algo que estoy juzgando es inconstitucional a pesar de que a mi me pueda beneficiar o es constitucional, a pesar de que me perjudique”.

Durante la sesión, la ministra Lenia Batres Guadarrama reiteró que el Poder Judicial de la Federación (PJF) está obstruyendo la elección, lo que generó la molestia de la presidenta de la Corte Norma Piña.