JUSTICIA

SCJN aclara que no ordenó revocar suspensiones contra la reforma judicial

La Corte agregó que en la sesión del jueves 13 de febrero se determinó que los impartidores de justicia tienen que revisar las demandas de amparo, en lo que es estrictamente electoral.

La SCJN precisó que no ordenó a los jueces de distrito revocar las suspensiones contra la reforma judicial.
La SCJN precisó que no ordenó a los jueces de distrito revocar las suspensiones contra la reforma judicial.Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que no ordenó a los jueces de distrito revocar las suspensiones contra la reforma judicial.

Agregó que en la sesión del jueves 13 de febrero se determinó que los impartidores de justicia tienen que revisar las demandas de amparo, en lo que es estrictamente electoral.

Mencionó que el engrose de la sentencia está a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y a partir de ese momento los jueces tendrán 24 horas para revisar las suspensiones emitidas.

Asimismo, mencionó que en esa sesión también se rechazó el impedimento promovido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, así como los ministros Alfredo Gutiérrez, Jorge Pardo y Javier Laynez, no participarán en la discusión del tema.

Al respecto, el alto tribunal argumentó que “nunca antes un órgano jurisdiccional había hecho valer impedimentos porque son
imparciales y no deben tener interés especial en que se resuelva en determinado sentido”.

Refirió que el TEPJF se extralimitó en sus funciones, ya que pronunciarse en el sentido de que la suspensión no debía ser acatada no está dentro de sus facultades.

Puntualizó que “no está en discusión que el Tribunal tiene competencia en materia electoral en términos del 99 de la Constitución; sin embargo, si una autoridad no es competente para decidir sobre un asunto, no lo puede hacer”, señaló la SCJN.