Los servicios funerarios deberían tener carácter público y estar debidamente regulados por la ley, con el fin de que el Estado, en particular las administraciones municipales garanticen un acceso equitativo, digno y justo a ellos, propuso la integrante de la bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados, Claudia Rivera.
La legisladora pidió modificar la Constitución, para reconocer el carácter público de las funciones asociadas a la disposición final de restos humanos, incluyendo el acceso a panteones, traslado, velación y cremación.
Indicó que si bien existe una Norma Oficial en la materia, es débil y no contempla medidas precisas para evitar abusos en los cobros por servicios funerarios que aplican las funerarias.
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Municipios se harán cargo de servicios funerarios
Rivera Vivanco presentó una iniciativa de modificaciones al artículo 115 de la Carta Magna en materia de servicios inherentes y complementarios al servicio público de panteones.
La norma aplicable a las administraciones municipales, señala que éstas tendrán a su cargo los panteones.
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La congresista planteó añadir a los servicios públicos la velación, cremación, traslado, inhumación y disposición final de los restos humanos.
En artículos transitorios solicitó que cuando el ordenamiento entre en vigor, los municipios deberán asumir las funciones en materia de panteones y servicios asociados, de manera ordenada.
Las agencias funerarias y todo particular que intervenga en servicios funerarios, tendrán que tramitar un “título de concesión” con las autoridades municipales, a fin de tener permiso para operar.
Panteones y más
En la argumentación, la legisladora señaló que la obligación de las autoridades municipales de contar con panteones para enterrar a las personas fallecidas, hay una serie de actividades relacionadas que también deben ser reguladas y cubiertas por los ayuntamientos.
Se trata del resto de servicios funerarios como los de velación, cremación, inhumación, traslado de restos y otros.
Al respecto, no hay reglas legales claras y los gobiernos municipales no se encargan de ello, sino que los ciudadanos deben contratar empresas funerarias privadas que operan sin cumplir reglas específicas y sin mayor regulación por parte de la autoridad.
Lo anterior, dijo, afecta la economía de las familias, su seguridad jurídica e incluso, la salubridad pública y el medio ambiente.
Refirió que en el país operan aproximadamente 11 mil 500 funerarias registradas, que cuenta con una licencia de funcionamiento expedida por gobiernos municipales.
Sin embargo, no hay reglas específicas para vigilar su operación y aplicar sanciones en casos de incumplimiento en la prestación de servicios, dijo.
Manifestó que en el caso particular de los panteones, algunos son privados y otros concesionados por la autoridad, pero no hay datos certeros sobre cuántos predios donde se entierra a los fallecidos, tienen en orden su concesión.
Como ejemplo, señaló que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) documentó que en 2020, había sólo 3 mil 953 panteones en municipios y demarcaciones metropolitanas, de los cuáles sólo 40 por ciento proporcionaban servicios a de forma directa o indirecta a través de alguna institución de gobierno.
Ello significa que en ese momento, el 60 por ciento de los panteones existentes eran particulares y se desconocía si tenían una concesión o no.
Recalcó que tampoco hay reglas claras ni específicas sobre la práctica de cremación, a pesar de que la Ley General de Salud prevé disposiciones sobre control sanitario de órganos, tejidos y cadáveres de humanos.
Esos vacíos legales y de información dan paso a la operación irregular de servicios funerarios, violaciones a la ley, abusos al usuario e incluso riesgos sanitarios y para el medio ambiente, alertó.
