Raúl Rocha Cantú, dueño del certamen Miss Universo, deberá testificar presencialmente ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) como parte de la investigación que se inició en su contra por el delito de delincuencia organizada en la modalidad de tráfico de armas e hidrocarburos.
Por mayoría de dos votos, el Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal con residencia en Nuevo León, revocó la suspensión que impedía detener o citar a comparecer al empresario, así como la cancelación del beneficio de testigo colaborador que le había otorgado la Fiscalía General de la República (FGR).
El órgano jurisdiccional le dio la razón a la FGR, al argumentar que las consideraciones de Mario Jorge Melo Cardoso, titular del Juzgado Primero de Distrito en materia Penal, no fueron apegadas a derecho, ya que antepuso un interés individual al de la protección a un derecho de mayor trascendencia como lo es de la colectividad, además de que la medida cautelar impide que el Ministerio Público continúe realizando la indagatoria.
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Al respecto, el magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, presidente del Tribunal, señaló que los citatorios de la autoridad ministerial no son susceptibles de suspenderse.
“Esa manera de actuar del Ministerio Público en la investigación, precisamente como una técnica de investigación, usar esos citatorios, yo creo que debe respetarse y no paralizarse a través de la suspensión porque es darle la razón al quejoso en la petición que hizo, que quería que fuera por videoconferencia, le dijeron que no y ese rechazo no debe ser suspendible. Los efectos de las cédulas citatorias se mantienen y debe el quejoso acatar el mandamiento porque el Ministerio Público lo está emitiendo en el ejercicio de sus atribuciones de investigación”.
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En contra del proyecto de resolución votó la magistrada Sara Verónica Siller Morquecho, ya que la FGR no explicó el por qué con la suspensión se transgredió el orden público.
“A mi parecer debía de ser infundada la queja y podríamos manejarlo como agravios inoperantes, pues no refiere por qué, únicamente que causa perjuicio al interés social, se contravienen disposiciones del orden público y los efectos, en que se concedió, no impiden la continuación de la investigación, el juez de distrito no lo asentó así, que eso impidiera la investigación”.
Cabe recordar que el pasado 8 de diciembre, Rocha Cantú presentó un escrito en el que solicitó que la entrevista ante la SSPC se realizará por videoconferencia, ya que su seguridad personal estaba en riesgo; sin embargo, su petición fue rechazada, motivo por el cual interpuso el juicio de amparo.
