En la Cámara de Diputados, se dispensaron los trámites para someter a discusión de manera directa en el Pleno, la iniciativa del coordinador del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Ricardo Monreal, cuyo fin es impedir a instituciones financieras enviar si autorización del cliente tarjetas de crédito y débito, así como aplicar cobros de cuotas, comisiones y recargos asociados a esos productos.
El diputado Monreal Ávila pidió el beneficio del fast track para que su planteamiento fuera procesado de inmediato sin pasar por comisiones y se le concedió.
La propuesta aprobada por unanimidad de 467 votos, será turnada al Senado de la República.
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En el debate, aunque el Partido Acción Nacional (PAN) se manifestó y votó a favor, el diputado
Prohibir envío de tarjetas no solicitadas
En declaraciones públicas, en redes sociales y desde la Tribuna de San Lázaro, el promovente difundió la propuesta que reforma la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de cancelación y emisión de tarjetas de entidades financieras y comerciales.
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“#EnVivo Presento iniciativa para mejorar la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a fin de proteger a las y los usuarios en lo relativo a la cancelación y emisión de tarjetas”, anotó en su cuenta en la red social X, antes Twitter, @RicardoMonrealA.
Al fundamentar el proyecto, explicó que en el país, cerca de 40 millones de mexicanos tienen tarjetas de crédito y de débito y están expuestos a abusos de instituciones que expiden esos productos, como el envío no autorizado de los mismos e incluso cobros de anualidades y hasta sanciones, incluso si no hacen uso de los plásticos.
“En el trayecto del año les cobran anualidades e incluso intereses moratorios por no pagar esa anualidad y, al final, muchos de estos usuarios terminan en el buró de crédito negativo para poder adquirir un crédito o algún derecho de inclusión financiera”, alertó.
La reforma establece que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones por dar servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales a los contratos de adhesión y cuando no tengan la autorización expresa del usuario.
“Mientras no se acredite el consentimiento expreso, no se podrá generar ningún cargo o comisión”, marca.
Las instituciones emisoras de tarjetas deberán garantizar que toda la información sobre costos, cargos y comisiones que cobran sea clara, veraz y suficiente.
Con los cambios, quedará prohibida “toda oferta, promoción o mensaje que de manera directa o indirecta, induzca al usuario a considerar” que las tarjetas “carecen de costos, cuando estos generen comisiones, anualidades, cargos adicionales o cualquier otra contraprestación económica”.
Los emisores de tarjetas deberán garantizar al usuario el derecho de cancelar esos productos de manera presencial, telefónica o digital.
En cuanto se solicite la cancelación, estarán obligadas a bloquear de manera preventiva las tarjetas, suspendiendo de manera temporal toda transacción o cargo asociado, para evitar que se realicen operaciones o cobros mientras se procesa la cancelación definitiva.
La cancelación podrá realizarse de manera presencial, por teléfono o a través de medios digitales incluyendo las aplicaciones móviles, la banca en línea, portales oficiales y a través de botones y enlaces visibles y accesos directos disponibles las 24 horas del día y todo el año.
El plazo para que la cancelación se concrete será de máximo cinco días hábiles a partir de que el usuario presente su solicitud.
El procedimiento deberá llevarse a cabo de manera gratuita, libre de cargos, comisiones o penalizaciones.
Los emisores deberán formalizar la cancelación a través de pruebas digitales o físicas para corroborar la cancelación del contrato o de las tarjetas.
La emisión de tarjetas sin autorización, no generará obligación alguna para la persona que las reciba y tampoco será necesario que deba emprender un proceso de cancelación.
Se prohibirá la aplicación de cargos por anualidad, comisiones y otros conceptos relacionados con tarjetas no autorizadas. También quedará prohibido la generación de cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso.
Si se hicieron cobros indebidos por la emisión y envío de los productos financieros, las emisoras deberán reembolsar esos montos a la persona, en un plazo máximo de cinco días hábiles, a partir de la presentación del reclamo.
