En la Cámara de Diputados dio inicio la primera audiencia pública sobre amparo, organizada por las comisiones de Justicia y Hacienda, que dictaminarán la minuta del Senado en esa materia.
El ejercicio referente en particular al tema de la “improcedencia” del amparo y la ampliación de las causas para ello, se realizó en uno de los salones más reducidos del recinto parlamentario donde los ponentes contemplados tuvieron que pasar de dos en dos para hacer sus presentaciones.
Al encuentro acudieron sólo nueve de 15 ponentes que cumplieron los requisitos de la convocatoria emitida por los congresistas.
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Aunque anticiparon que no acudirían a convalidar lo que calificaron como un “albazo” y un “madruguete” de las presidencias de las comisiones dictaminadoras, que adelantaron las audiencias a este fin de semana, al encuentro se presentaron los vicecoordinadores del Partido Acción Nacional (PAN), Federico Döring y Héctor Saúl Téllez.
Al finalizar la audiencia que tuvo una duración de más de tres horas, el presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno, indicó que todas las participaciones y propuestas quedarán registradas en el micrositio abierto con ese propósito y aseguró que serán insumos valiosos para los legisladores.
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Recordó que ya está decidida la aprobación del dictamen correspondiente el próximo lunes 13 de octubre por la tarde.
Se prevé que llegue a la discusión en el Pleno el martes 14 o el miércoles 15 del presente mes.
Riesgos de la reforma sobre amparo
La mayoría de los ponentes coincidieron en que la propuesta de reforma de la Jefa del Ejecutivo Federal debilita la figura del amparo que recordaron, es la principal forma de defensa de los ciudadanos ante los actos de autoridad y del poder.
Aunque el abogado Andrés Alcántara Silva subrayó que es necesario actualizar la Ley de Amparo y por ello la reforma es procedente, dijo compartir preocupaciones sobre las limitantes que se aplicarán en materia de “interés legítimo” y “suspensión” en caso de presunto lavado de dinero.
Alertaron que las disposiciones dificultarán el acceso al amparo imponiendo mayores restricciones y ampliando las causales de improcedencia, es decir, los casos en que el ciudadano no se podrá amparar y los recursos que promuevan no procederán .
Asimismo, las propuestas en materia de créditos fiscales y “suspensión”, dijeron, abrirán la puerta a la violación de los derechos de los contribuyentes.
Advirtieron que en los términos propuestos, para cuando se resuelva en definitiva un amparo, el daño que se provoque a los quejosos a quienes se podrán embargar cuentas y bienes, podría ser irreparable.
Debilitamiento del amparo
El exmagistrado Juan Pablo Gómez, cuestionado directamente por el anterior Presidente de la República por emitir resoluciones que pararon obras, leyes y decisiones de su gobierno, sentenció que la propuesta implica el debilitamiento del amparo.
Recalcó que es la herramienta central de defensa para los ciudadanos ante actos de gobierno y poder.
“Esta reforma no fortalece la justicia en México, la debilita y la debilita porque quita de manos de los ciudadanos un instrumento que ha servido históricamente para poder defenderse de los actos de autoridad, que es el juicio de amparo. La suspensión es prácticamente el alma del juicio de amparo, es la columna vertebral de esta institución, un derecho sin el cual ya la eficacia de un proceso no tendría sentido porque no se pudieron proteger durante el trámite de este, los derechos de las personas que fueron afectadas”, enfatizó.
También calificó como “sospechoso” que se integre a la norma el concepto de “interés público” para determinar si proceden o no amparos.
La figura que no está prevista en la Constitución, podría ser utilizada para catalogar todo acto impugnado en esa categoría y que los ciudadanos no tengan la capacidad de defenderse. Eso afecta la certeza jurídica, enfatizó.
“México no puede, no debe convertirse en un país donde se consumen irreparablemente las violaciones a los derechos humanos solo por falta de una medida cautelar apropiada. Limitar el juicio de amparo y sobre todo la figura de la suspensión limita el último recurso que tiene una persona frente a usos arbitrarios de poder”, coincidió el abogado Andrés Aguinaco.
Añadió que en lugar de corregir abusos y excesos como los que comete la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda en caso de bloqueos de cuentas y bienes cuando hay presunción de uso ilícito de recursos o lavado de dinero, la reforma “legitimaría” esas arbitrariedades y “violaciones amplias” a derechos humanos.
Daños irreparables
José Barrios Moreno, constitucionalista, exasesor en el Senado de la República y el Congreso de la Ciudad de México y representante de la organización “Reinserta”, habló de los límites al amparo en el caso de créditos fiscales, ya que sólo procederá hasta que se emitan las notificaciones de remate que emita la autoridad.
Para ese momento, será imposible evitar o impedir afectaciones por cualquier irregularidad que pudiera cometer la autoridad, es decir, permitiría la comisión de actos irreparables contra el quejoso.
También favorecerá la cancelación de concesiones y permisos otorgados a particulares.
“Equivale a entregar un cheque en blanco a autoridades para revocar permisos, autorizaciones o concesiones y puede ser de manera arbitraria, dejando al particular sin un medio de defensa efectivo, y en algunos casos el pronunciamiento judicial en una sentencia definitiva llegaría demasiado tarde para poder reparar el daño al quejoso e incluso a terceros”, manifestó.
“No permitamos bajo ninguna circunstancia su debilitamiento”, remarcó.
Por su parte, Luis Curiel Piña, en representación de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, ANADE, alertó que la reforma en análisis se convertirá en una “carta abierta” para violar las garantías de ciudadanos que tengan créditos fiscales
“Esto va a dar lugar a dos resultados, primero: carta abierta para violación a garantías, derechos y cualquier derecho el ciudadano porque se trata de un crédito fiscal que ya fue materia de impugnación. Hace ratito explicaban, ¿qué pasa si me embargan y nada más se llevan mis cuentas bancarias? Si no hay un embargo yo no puedo impugnarlo y ese embargo quedó firme porque es improcedente el juicio”, ejemplificó.
El especialista Magdaleno Villanueva Flores, del Centro Universitario de Estudios Jurídicos y exapoderado legal del Infonavit, habló de la ampliación de las causales de improcedencia que limitarán acudir al amparo para defenderse de actos de autoridad.
En esas condiciones, abundó, la defensa se volvería inaccesible para los ciudadanos.
Lejos de facilitar la procedencia del amparo, la reduce, amplía las causales de improcedencia y el quejoso, abundó, tendrá que cumplir más requisitos para poder acreditar su defensa.
Eso abona “en sentido contrario” a la esencia del juicio de amparo, lo complica y dificulta, lo que resultará violatorio de derechos, anotó.
En tanto, el abogado Víctor Manuel Solís Buitrón, habló de los amparos relacionados con casos de uso de recursos de procedencia ilícita y las acciones de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para detectar esas operaciones, congelar cuentas y pedir la intervención del Ministerio Público.
Se comete un error integrar disposiciones de ese tipo en la Ley de Amparo, cuando las condiciones y detalles legales en la materia ya están contempladas en otras normas, es decir, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales.
“Desde el momento en que se suprime la posibilidad de que el quejoso, el ciudadano en calidad de quejoso, opte o solicite una suspensión provisional y luego la definitiva respecto de estos actos, se le está vulnerando el derecho de defensa, porque sin duda alguna se le niega un canal de acceso a la justicia y evidentemente el derecho a la tutela judicial en defensa de sus intereses”, externó.
