CONGRESO DE LA UNIÓN

Prohibición a vapeadores y al uso ilícito de fentanilo es declarada constitucional

22 congresos estatales dieron luz verde a las normas que prohibirán los vapeadores y el fentanilo, informa la Comisión Permanente.

Sesión de la Comisión Permanente.
Sesión de la Comisión Permanente.Créditos: Cuartoscuro
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La Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma en materia de salud que prohíbe el fentanilo en su uso ilegal.

El presidente en turno de la Mesa Directiva de la Permanente e integrante de la bancada de Morena en el Senado, Gerardo Fernández Noroña, aprovechó el tema para fijar un pronunciamiento, a nombre del Legislativo, sobre las declaraciones del Presidente electo de los Estados Unidos, Donald Trump, respecto a que México esencialmente es dirigido por el narco.

La constitucionalidad de los cambios a los artículos 4 y 5 de la Carta Magna, que prohíben los vapedores y el uso ilegal del fentanilo, será comunicada a la titular del Ejecutivo Federal.

“Declara adicionados un párrafo quinto al artículo cuarto y un párrafo segundo al artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección a la salud. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, expresó desde la Mesa Directiva de la Permanente.

Ello, luego de que un total de 22 congresos estatales avalaran los cambios y lo notificaran oficialmente al Legislativo Federal.

Las entidades cuyos congresos avalaron la norma son Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo.

También San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México.

Las modificaciones que se prevé, sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establecen que quedará prohibida toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que indique la ley.

La misma disposición aplicará a la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito de fentanilo y otras drogas sintéticas no autorizadas.

Estará prohibida la profesión, industria, comercio exterior e interior, trabajo o cualquier otra actividad referidas en la reforma.