La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas al Código Penal del Estado de México, mediante las cuales se implementó la prisión vitalicia para castigar delitos como el de homicidio.
Por unanimidad, el pleno del alto tribunal aprobó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, quien argumentó que esta medida anula cualquier posibilidad de reinserción social.
“Ésta es abiertamente contraria a la finalidad de la prisión prevista en el artículo 18 constitucional, pues se traduce en la neutralización social del sentenciado, en tanto, al coincidir la sanción en una duración idéntica a la de su vida, se suprime por completo la posibilidad de reintegrarlo a la sociedad y los medios destinados a la consecución del fin de la propia reinserción pierden completamente su utilidad”.
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En este mismo sentido se pronunció la ministra Margarita Ríos Farjat, quien puntualizó que la prisión vitalicia es una medida desproporcionada.
“Como la prisión vitalicia es claramente desproporcional, al sustituir hasta la consumación de la vida de las personas sentenciadas, esto arroja como consecuencia la anulación de manera absoluta de los fines constitucionales de la reinserción social”.
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Cabe recordar que en el mes de diciembre de 2024, la Corte resolvió un caso similar en el que declaró inconstitucional la prisión vitalicia en Chihuahua para castigar el homicidio contra tres o más personas.