POLÍTICA

Revés a la Reforma del Poder Judicial: Juez ordena al INE abstenerse de su implementación

El impartidor de justicia frenó el proceso para la emisión de las leyes secundarias y para las adecuaciones de las Constituciones estatales.

Pleno del INE.
Pleno del INE.Créditos: Cuartoscuro
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Un juez de distrito ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que se abstenga de implementar el proceso electoral judicial, así como de emitir acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización. 

Francisco Javier García Contreras, titular del Juzgado Segundo de Distrito con residencia en Colima, le concedió la suspensión provisional a la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, la cual amplió la demanda de amparo contra la reforma judicial.

El impartidor de justicia determinó otorgar la medida cautelar, al argumentar que el “acto reclamado deviene de un fruto envenenado”, debido a que el proceso legislativo no se llevó conforme al procedimiento, transgrediendo con ello la garantía de seguridad jurídica.

El juzgador también ordenó al Senado que se abstenga de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas, de tomar protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección.

Como parte de su resolución, García Contreras determinó que el Congreso de la Unión no podrá realizar las adecuaciones a las leyes federales para dar cumplimiento al decreto de la reforma judicial.

Las legislaturas estatales también deberán abstenerse de realizar las adecuaciones a sus constituciones para adecuar la reforma judicial dentro del plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto.

A su vez, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no podrá implementar un plan de trabajo para la transferencia de los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales al Tribunal de Disciplina Judicial, ni emitir acuerdos generales y específicos que se requieran para implementar dicho plan de trabajo.

Francisco Javier García Contreras dio un plazo de 24 horas para que las autoridades den cumplimiento a la suspensión provisional y en caso de no hacerlo, se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 150 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión.

El juzgador programó la audiencia incidental para el 30 de septiembre, fecha en la que resolverá si le otorga la suspensión definitiva a la asociación civil.