POLÍTICA

Yasmín Esquivel declara que la dignidad humana no tiene fronteras

Ministros de la SCJN analizaron diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Derechos de las Personas Migrantes de Aguascalientes.

La Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que el fenómeno migratorio es un tema relevante.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que el fenómeno migratorio es un tema relevante.Créditos: Especial
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó una impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la que sostuvo que diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Migrantes del Estado de Aguascalientes transgredían la competencia del Congreso de la Unión para legislar en materia migratoria.

Al presentar el proyecto, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que el fenómeno migratorio es un tema relevante, ya que, según el informe de Representante de la Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, México es uno de los cinco países que más solicitudes de asilo recibió a nivel mundial, con más de 140 mil peticiones en 2023.

Cifras como éstas reflejan que México se convirtió en un país no solo de origen y tránsito de personas, sino también como una nación de destino permanente. En este tenor, Esquivel Mossa enfatizó que el Estado mexicano ha establecido diversas estrategias para la atención de los flujos migratorios, en las que se ha previsto el fortalecimiento de capacidades en materia de salud, educación, trabajo, registro civil, seguridad social y cultura, procurando un enfoque incluyente respecto de las facultades concurrentes de los tres órdenes de gobierno.

La Ministra destacó que “la dignidad humana no tiene fronteras”, tal como se explica en el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a personas migrantes y sujetas a protección internacional.

Bajo este contexto, expuso que, en materia de emigración e inmigración, si bien el Congreso Federal es la única autoridad competente para legislar respecto a la situación jurídica de las personas migrantes, ello no implica un monopolio para regular todos los ámbitos de su vida en territorio nacional.

SCJN invalida ley que limitaba derechos de los migrantes

En este sentido, los Ministros aprobaron invalidar una disposición que limitaba el derecho de las personas migrantes a recibir atención médica, pues la norma les autorizaba recibir sólo aquella prevista por el sector público, sin poder acceder al ámbito privado.

Además, el Pleno de la SCJN invalidó -por mayoría de votos- el artículo que limita la protección del Sistema Estatal y Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para sólo brindar protección a niñas, niños y adolescentes migrantes mientras el Instituto Nacional de Migración determina su condición migratoria, para que esta protección del DIF se dé en todo momento.

Por último, se declaró la validez de otras disposiciones de la Ley referentes al derecho de las personas migrantes a la procuración e impartición de justicia, el debido proceso y a presentar quejas en materia de derechos humanos; al reconocimiento de su personalidad jurídica; además se refrendó la prohibición de que el Registro Civil local les niegue la autorización de los actos del estado civil o la expedición de actas.

Al respecto, la Ministra Esquivel precisó que, “al reconocer un derecho para las personas migrantes y establecer obligaciones para las autoridades judiciales, no puede traducirse en una invasión a las facultades de la federación respecto a la regulación de la condición o estatus migratorio de las personas, ni que interfiera con las políticas públicas, instituciones o sistemas establecidos en la Ley de Migración”.