El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa de suspender las conferencias mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por unanimidad, la Sala Superior aprobó el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien propuso confirmar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual rechazó suspender las ruedas de prensa del primer mandatario como lo solicitaron el PAN y el PRI.
Durante la sesión de este miércoles, la magistrada Janine Otálora Malassis argumentó que las conferencias mañaneras no implican una cuestión ilegal y destacó que su único límite es el que establece el artículo 134 de la Constitución. constitucional”.
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“Coincido que las mañaneras por sí mismas no conllevan a una ilicitud y permiten ser un medio de comunicación e información y rendición de cuentas por parte del presidente de la República con la ciudadanía como ya lo ha definido esta sala superior en diversos precedentes”.
En su intervención, el magistrado Reyes Mondragón Rodríguez expuso que los agravios de los partidos políticos son ineficaces para demostrar que el Consejo General del INE debía suspender las conferencias matutinas.
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“Estoy de acuerdo con el sentido de confirmar el acuerdo impugnado, dado que los agravios de los partidos, en efecto son ineficaces para demostrar que el Consejo General del INE debía aprobar el proyecto de acuerdo, de suspensión de las conferencias matutinas y que, al no haberlo hecho, estaba incumpliendo con alguna obligación legal”.
Las magistraturas determinaron que ordenar la suspensión total de la difusión de las “mañaneras” conllevaría a una especie de censura previa inadmisible en una sociedad democrática.