Ante los señalamientos que ha hecho el ministro en retiro, Arturo Zaldívar; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) señalaron que el marco normativo permite iniciar investigaciones sin que las quejas o denuncias estén acompañadas de pruebas.
Al respecto señalaron que el artículo 132 del Acuerdo General del Pleno del CJF que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, toda queja por responsabilidad administrativa —incluyendo las anónimas— por regla general, debe acompañarse de elementos probatorios para determinar, tanto la existencia de la falta administrativa, como la presunta responsabilidad de los servidores públicos involucrados.
Sin embargo, a partir de la reforma a dicho artículo publicada en 2020, se prevé que si en las denuncias se señalan las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permiten advertir indicios de conductas probablemente constitutivas de responsabilidad administrativa, se podrá ordenar la práctica de investigaciones, aun si a la queja o denuncia no se acompañan pruebas.
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La SCJN y el CJF indicaron que bajo este último supuesto, desde el 2018, se han iniciado investigaciones a partir de 362 denuncias anónimas.
Asimismo, informaron que, por acuerdo de la presidenta del CJF, Norma Piña se inició una investigación de oficio por la filtración del acuerdo en el que se ordenó investigar a Arturo Zaldívar.