El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se aprobó el marco geográfico que se utilizará en la elección judicial.
Por mayoría de cuatro votos, la Sala Superior aprobó el proyecto de la presidenta del órgano jurisdiccional, Mónica Soto Fregoso, quien consideró infundados los agravios que cuestionaron la competencia del INE para determinar la geografía electoral, ya que constitucionalmente es la autoridad encargada de esa materia para fines comiciales.
Del mismo modo, la juzgadora argumentó que es inexacto que el acuerdo sea incongruente y que vulnere el derecho de las personas a votar y ser votadas para la elección judicial.
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En contra del proyecto votó la magistrada Janine Otálora Malassis, quien justificó su decisión al señalar que el INE equiparó indebidamente los distritos electorales que se establecen para los órganos legislativos con distritos electorales judiciales.
“En el caso de las legislaturas, estas son órganos colegiados en los que se busca, justamente, una representatividad territorial a través de los distritos, mientras que en el caso de los y las juzgadoras, estas actúan de manera individual, razón por la cual todos los que tienen jurisdicción en el territorio del circuito judicial, en los términos en que fue establecida la reforma, tendrían que ser personas electas por la ciudadanía de dicho territorio”.
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Otálora Malassis destacó que la finalidad de la reforma es que la ciudadanía pueda elegir a las personas juzgadoras que puedan conocer de sus asuntos e, incluso, ratificarlas a través de la reelección.
“Por ello, estimo que el acuerdo impugnado sí vulnera los derechos de las personas electoras, ya que impide la elección directa, así como la legitimidad democrática que, justamente, busca garantizar esta reforma. Reconozco que el acuerdo del Consejo General del INE pretende una operatividad electoral al establecer distritos electorales. Sin embargo, los ajustes hechos se traducen en una afectación de los derechos a ser votadas de las personas que se postulen a estos cargos, así como también, una afectación al derecho a votar de la ciudadanía”.
La juzgadora mencionó que con este acuerdo también se limitan las especialidades por las que va a poder sufragar la ciudadanía, además de que pasa por alto la residencia de las y los juzgadores en el distrito donde puedan ser votados, cuando ello es un supuesto básico de las autoridades que se elijan en una porción territorial.