El Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa con residencia en Naucalpan, Estado de México, confirmó la suspensión provisional que otorgó el Juzgado Primero de Distrito en materias Administrativa, Civil y de Trabajo, a integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) contra la reforma judicial.
Al resolver como infundado el recurso de queja interpuso el Senado de la República, el órgano jurisdiccional aprobó el proyecto del magistrado Isidro Muñoz Acevedo, quien afirmó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene vela en el entierro, pues la resolución que aprobó el lunes 18 de noviembre no es vinculante para los jueces de distrito.
“Esta decisión del tribunal electoral, que es orientadora ilustrativa, en nada puede afectar las decisiones que se han tomado o que se tomen en materia de amparo. El Tribunal Electoral en términos llanos no tiene vela en ese entierro. Esta sentencia del Tribunal Electoral no es obligatoria, no es vinculante, ni mucho menos lleva a que, desde que se emitió, los jueces de distrito y las juezas de distrito tengan que negar la suspensión contra la llamada reforma judicial, es simplemente un criterio orientador, ilustrativo”.
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Por este motivo, Muñoz Acevedo dijo que es importante que la Suprema Corte de la Nación (SCJN) se pronuncie sobre este asunto, pues la determinación del TEPJF sólo generó más inseguridad jurídica.
“Esta decisión del Tribunal Electoral lo que sí generó es mayor inseguridad jurídica, porque las propias autoridades dicen: ‘yo tengo que cumplir con el amparo, el Tribunal Electoral me dijo que no’. El tribunal electoral no tiene ninguna competencia para establecer cuestiones de amparo; por eso, yo creo que sí es importante que la Suprema Corte en su momento se pronuncie para ya dar coherencia y que las propias autoridades sepan qué deben hacer. Si no acatan las suspensiones pueden ser sujetas de responsabilidad penal”.
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En su oportunidad, el magistrado Juan José Olvera López dijo que es sensato que el Instituto Nacional Electoral (INE) pida una prórroga para realizar la elección judicial. Sin embargo, puntualizó que la autoridad electoral incurre en un desacierto al considerar que ya puede reanudar los trabajos.
“Está bien que se considere un necesario aplazamiento, está muy mal que piensen que son sólo tres meses porque el INE está suponiendo que ya se acabó el periodo de espera porque el Tribunal Electoral ya dispuso que las suspensiones no pueden detener la elección. Creo que, definitivamente, allí hay un nuevo desacierto”.
Los magistrados federales puntualizaron que desde hace 50 años tribunales constitucionales, de todo el mundo y en todos los continentes, han impuesto límites al poder de reforma de la Constitución y han invalidado reformas constitucionales.