JUSTICIA

SCJN: Engrose sobre fuero de Uriel Carmona ya se publicó

La Corte dio a conocer que desde el 18 de septiembre de este año se publicó el engrose de la resolución de la controversia constitucional que determinó que el fiscal de Morelos, cuenta con fuero.

Uriel Carmona, fiscal de Morelos.
Uriel Carmona, fiscal de Morelos.Créditos: Cuartoscuro y Especial
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Ante los señalamientos que hizo el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer que desde el pasado lunes 18 de septiembre de este año se publicó el engrose de la resolución de la controversia constitucional en la que se determinó que el fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara, cuenta con fuero constitucional.

Lo anterior implica que la Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo la vinculación a proceso por el delito de tortura en contra de Carmona Gándara cuando la sentencia del alto tribunal ya estaba vigente.

En su fallo, la Primera Sala de la Corte determinó que dado que el artículo 79-A de la Constitución de Morelos reconoce a la Fiscalía General como un órgano constitucional autónomo, su titular cuenta con fuero constitucional en términos del artículo 111, párrafo quinto de la Constitución Federal, al formar parte de la categoría miembros de los organismos a los que las Constituciones locales les otorgue autonomía.

Leyenda

Por ende, para seguir un proceso penal en contra de Uriel Carmona por la comisión de delitos federales se requiere de un procedimiento de declaración de procedencia ahí previsto.

Asimismo, los ministros puntualizaron que tiene que ser el Congreso de Morelos quien decida si se retira o no el fuero constitucional para que se pueda proceder penalmente contra el fiscal por la comisión de delitos federales.

Mencionaron que si bien la Cámara de Diputados no retiró fuero alguno pues no hubo un pronunciamiento de declaración de procedencia, lo desconoció, con lo que generó el mismo efecto de restar protección jurídica a un funcionario que la requiere.

Con lo anterior, señalaron, se afectó al Congreso de Morelos porque no se le reconoció una garantía que está otorgando a sus funcionarios, de manera que, al no reconocérsele el fuero constitucional al fiscal general, éste podría quedar expuesto a presiones o persecuciones que pudieran derivar del ejercicio de su encargo, y esto trasciende a la calidad de un funcionario que requiere garantías para el adecuado desempeño de sus labores.

En este contexto, la SCJN ordenó a la Cámara de Diputados que emita nueva determinación en la que, previo dictamen de la Sección Instructora, en ejercicio de sus atribuciones y de no advertir alguna otra causa que justifique el desechamiento, resuelva sobre la solicitud de declaración de procedencia formulada por la FGR, “desde luego, observando la conclusión en torno a que el Titular de la Fiscalía General de Morelos sí cuenta con la protección constitucional”.