La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la resolución del Consejo General del INE que había determinado que la venta de artículos utilitarios con emblemas de Morena y muñecos de personajes como Andrés Manuel López Obrador debe ser reportada como gastos a la Unidad Técnica de Fiscalización.
Los magistrados consideraron que en la resolución del INE no se establece cuál es el beneficio concreto que obtienen los partidos por la comercialización de esos productos por parte de terceras personas, ajenas a los institutos políticos en los lugares donde llevan a cabo los eventos.
La magistrada Janine Otálora dijo que el INE debe precisar cuáles son las características o elementos que deben contener los bienes o productos utilitarios y cuál es el beneficio directo o indirecto.
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Cabe recordar que, en el mes de julio, el órgano electoral determinó que la venta de las figuras de objetos y artículos con el emblema de Morena y los muñecos de peluche que realizan particulares no genera un beneficio económico al partido.
Sin embargo, dicho instituto político debe deslindarse para que no sea cuantificada la venta como gastos.
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Visitas de verificación del INE son válidas
La Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió que las visitas de verificación a los actos públicos de Morena son válidas.
Dicho partido interpuso un recurso en contra de la Comisión de Fiscalización del INE, para controvertir la determinación que ordena realizar visitas de verificación, previo al inicio del proceso electoral.
El pleno del tribunal resolvió que dicha Comisión si es competente para ordenar la realización de las inspecciones.