JUSTICIA

SCJN invalida por mayoría de votos la segunda parte del plan B de reforma electoral

El ministro Javier Laynez, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, argumentó que la Cámara de Diputados fue omisa en motivar el trámite urgente de las iniciativas.

Sesión del pleno de la SCJN, donde por mayoría invalidaron la segunda parte del plan B.
Sesión del pleno de la SCJN, donde por mayoría invalidaron la segunda parte del plan B. Créditos: Cuartoscuro
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Por múltiples “violaciones graves” al procedimiento legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad, por mayoría de 9 votos, el decreto de reformas a las leyes de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de Medios de Impugnación en Materia Electoral que integran la segunda parte del plan B.

El ministro Javier Laynez, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución argumentó que la Cámara de Diputados fue completamente omisa en motivar el trámite urgente de las iniciativas; además de que los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara Baja.

Mencionó que en este caso se detectaron violaciones adicionales graves al proceso legislativo que no fueron planteadas en la primera parte del plan B. Por un lado, se acreditó que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.

Al hablar a favor del proyecto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sostuvo que estas irregularidades afectaron la democracia deliberativa.

“Se registraron, en este caso, aún más vicios de gran gravedad, como queda plenamente acreditado en la propuesta. La Cámara de Diputados modificó porciones normativas del artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que ya habían sido aprobados por su colegisladora; también debemos sumar que el dictamen impugnado violó nuestro sistema bicameral de aprobación de leyes”.

Al igual que sucedió en la sesión del pasado 8 de mayo, la ministra Yasmín Esquivel reiteró su postura en contra de invalidar el decreto, al argumentar que las irregularidades en las que incurrieron los legisladores no tienen el potencial para invalidar las reformas y destacó que esta resolución le resta credibilidad al alto tribunal.

“Me parece que hoy vamos a emitir una resolución sin resolver el fondo del problema. Al invalidar por vicios de forma más de 450 normas, sin siquiera mencionar o analizar si cada uno de los artículos está pegado o no a la Constitución. Quedarnos en este tipo de exámenes superficiales, los cuales, por cierto cada vez más frecuentes, me parece que nos resta credibilidad, especialmente en esta materia: la electoral, en la que los actores políticos y la ciudadanía esperan de la Suprema Corte de Justicia de la Nación una labor sustantiva de mayor profundidad y no de un mero cotejo y palomeo de los formalismos procedimentales”.

A su vez, el ministro Alberto Pérez Dayan enfatizó que no se puede ser deferente con alguien que viola la Constitución.

“No se puede ser deferente con nadie si lo que se vio la es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esa que todos nos comprometimos a guardar y hacer guardar. Ningún acuerdo político tiene el poder de vulnerar legítimamente la voluntad del pueblo, cuya soberanía se expresó en reglas constitucionales rígidas y exigentes, obligan a que sus representantes tengan la posibilidad de llevar su voz que sea escuchada y si es vencida será acatada. Subordinar la función de este tribunal constitucional a tales acuerdos políticos, es no entender, sinceramente, el compromiso que la norma suprema nos impone como integrantes de este alto tribunal”.

Con esta resolución, el proceso electoral del 2024 iniciará en el mes de septiembre de este año y se desarrollará conforme al marco legal que estaba vigente antes de la aprobación de las reformas.