JUSTICIA

Magistrado: La única voz que escuchamos es la de la Constitución y no la de las mañaneras

Un tribunal colegiado resolvió que los jueces federales no están impedidos para conocer de los juicios de amparo en contra de la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial

Trabajadores del Poder Judicial marcharon en defensa de lo fideicomisos del Poder Judicial.
Trabajadores del Poder Judicial marcharon en defensa de lo fideicomisos del Poder Judicial.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

Un tribunal colegiado resolvió que los jueces federales no están impedidos para conocer de los juicios de amparo que se interponen en contra de la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

El magistrado Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa con residencia en el Estado de México, enfatizó que la única voz que escuchan es la de la Constitución y no la de las conferencias mañaneras.

“Quienes formamos parte del Poder Judicial de la Federación hemos demostrado que existe una verdadera conciencia institucional que se honra cuando se tiene el compromiso, de entre la multitud de voces, a veces ensordecedoras, escuchar y atender únicamente a una de ellas, esto es, a la voz de la Constitución. Ni las voces del gremio judicial, ni las voces de la JUFED, ni las del púlpito, ni de los periódicos, ni el clamor popular, ni de las conferencias mañaneras, la única voz que atendemos cuando resolvemos es la voz de la Constitución”.

Muñoz Acevedo explicó que en el caso de los fideicomisos aplica la llamada regla de necesidad, la cual establece que los jueces no deben excusarse para conocer de un caso, a pesar de que puedan tener cierto interés en el mismo.

Advirtió que, en caso de no aplicar dicha regla, se le estaría entregando un cheque en blanco al poder político que resultaría “costosísimo” para el estado de derecho.

“La historia ha demostrado los peligros de un poder sin control, sin supervisión y sin confrontación a las exigencias constitucionales y de la dignidad humana. La negación de la regla de necesidad en estos casos, permitiría al poder político estar totalmente exento de controles, al generar vacíos o áreas donde no se pueda ejercer el derecho a la justicia, ni el control constitucional pretextando que en tanto el acto de autoridad afecta e incide en el Poder Judicial como tal, los jueces no podrían, ni deberían conocer, ni resolver de tales asuntos. Esto sería un cheque en blanco al poder político, cuyo empleo resultaría costosísimo para el estado de derecho.

Los magistrados consideraron que todo ejercicio de poder público debe estar sujeto al control constitucional.