En la Cámara de Diputados, avanzó sin ver, sin analizar, sin dictaminar ni debatir, la minuta proveniente del Senado de la República, en la que se “interpretó” el alcance del artículo tercero transitorio de la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional.
El proyecto recién enviado por los senadores, fue avalado por 415 votos a favor y uno en contra.
El proyecto que será turnado a las legislaturas de los estados, señala que la “interpretación” tiene como fin garantizar los derechos, prestaciones, pertenencia, rango, servicio y antigüedad del personal de las policías Militar y Naval asignados a la Guardia Nacional.
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Se incluyó la frase “los elementos de las policías militar y naval, así como otros elementos de mando y servicio de apoyo de la fuerza armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional conservarán su rango y prestaciones”.
Ello, para establecer que los elementos militares asignados a la Guardia conservarán de manera íntegra sus prestaciones, ya que su participación en la corporación de seguridad, es temporal.
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Garantías laborales a militares asignados a la Guardia Nacional
Pertenecer a esa agrupación, indica lo aprobado, no implicará afectaciones a los derechos laborales, prestaciones inherentes, aunado a que se salvaguarda la posibilidad de ser reasignado a su fuerza armada de origen.
La interpretación avalada por los senadores y que pasó en modalidad exprés en San Lázaro, agrega la frase “la ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado” a la guardia.
De ese modo, añade, se da garantía jurídica de respeto a las condiciones laborales que tenían como integrantes de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, el documento agrega la frase “reconocimiento del tiempo de servicios en la Guardia Nacional para efectos de su antigüedad”.
Lo anterior, con el propósito de cuidar los derechos, estímulos y prestaciones a las que tenían acceso como integrantes de las Fuerzas Armadas, para que al pasar un tiempo en la Guardia Nacional, el tiempo de servicio en ese cuerpo no se considere trunco y sea contabilizado como parte de su antigüedad en las Fuerzas Armadas.
Dicha medida, señala, les permitiría participar en mecanismos de promoción para el ascenso a otro grado militar.