Por vicios en el proceso legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma al Código Electoral de Jalisco, con la cual se modificó la fecha de inicio de las precampañas, entre otros rubros.
Por mayoría de ocho votos, el pleno del alto tribunal desechó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien proponía validar la reforma.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá afirmó que las deficiencias impidieron que se respetara la democracia deliberativa que debe prevalecer como principio para el correcto proceso legislativo.
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“El cúmulo de los vicios legislativos que acontecieron en este proceso, permiten concluir que no existieron las condiciones de democracia deliberativa que estamos llamados a garantizar en el órgano legislativo. Es mi criterio, que la falta de justificación en la dispensa de trámites legislativos, por urgencia, analizados en la segunda parte del estudio de fondo, es una razón suficiente para invalidar el procedimiento legislativo”.
Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán sostuvo que los legisladores no lograron justificar el motivo de urgencia para aprobar el dictamen sin citar con al menos una hora de anticipación a la sesión extraordinaria de la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales del Congreso local, ni entregar copia a todos los diputados.
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“Frente a una urgencia no justificada y confirmada personalmente en tanto esto es una legislación sí importante, pero no avasalladoramente inminente, creo, entonces, que se afecta la calidad democrática y en ningún momento, la mayoría que aprobó esta legislación justificó esa urgencia. La democracia se construye todos los días y la urgencia es un factor fundamental en la que las asambleas pueden expresarle a la ciudadanía y a esta Suprema Corte las razones que las llevan a exentar de trámites alguna decisión, no es el caso”.
Debido a que algunas de las fechas previstas por esta reforma ya se cumplieron, la Corte resolverá en la sesión del próximo jueves si aplaza los efectos de la invalidez para que apliquen a partir del siguiente proceso electoral, y no en el actual.