CÁMARA DE DIPUTADOS

Diputados debatirán reforma en materia de objeción de conciencia

La bancada del PAN adelanta voto en contra.

El presidente de la Jucopo subrayó que habrá debate en el Pleno, este martes 31 de octubre.
El presidente de la Jucopo subrayó que habrá debate en el Pleno, este martes 31 de octubre. Créditos: Cuartoscuro
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La Cámara de Diputados dio trámite de publicidad al dictamen de la Comisión de Salud, que contempla reformas en materia de objeción de conciencia.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Jorge Romero y también coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) subrayó que habrá debate en el Pleno, este martes 31 de octubre, y sus compañeros de fracción tienen una clara posición en contra.

La reforma a distintos artículos de la Ley General de Salud, establece que la objeción de conciencia se entenderá como el derecho individual del personal médico y de enfermería en el Sistema Nacional de Salud, a excusarse de llevar a cabo un acto médico, jurídicamente exigible.

Ello, al considerar que no es compatible con sus convicciones religiosas, principios morales o de conciencia ética.

Añade que la Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones de seguridad social, gobiernos locales, particulares, deberán garantizar que haya personal médico y de enfermería no objetor, a fin de garantizar la atención médica, evitando que haya retrasos en el servicio de salud y también que no se presente ninguna forma de discriminación.

Asimismo, establece que sólo podrá ejercer el derecho de objeción de conciencia, el personal que participe directamente en procedimientos sanitarios sujetos a la objeción.

Puntualiza que ninguna persona podrá ser obligada a declararse como objetor de conciencia.

Límites en el ejercicio de la objeción de conciencia

Los objetores, añade, tendrán que notificarlo previamente a la institución en la que prestan servicios, a través de los mecanismos que determine la Secretaría de Salud.

No se podrá invocar objeción de conciencia, cuando esté en riesgo la vida de un paciente, cuando el caso por atender sea una emergencia médica y cuando “implique una carga desproporcionada para el paciente”.

De igual modo, la objeción no se autorizará cuando haya insuficiencia de personal médico no objetor.

Tampoco, cuando negar o postergar la atención médica implique riesgo a la salud de la persona, cuando la negación o postergación del servicio pueda provocar daño o agravar el daño existente, y cuando la negativa de atender a una persona, pudiera generar secuelas o discapacidades en el paciente.

La objeción no podrá provocar retraso o entorpecimiento del servicio de salud; tampoco podrá ser motivo para que el paciente no tenga trato digno y sin discriminación a quien requiere atención médica programada o de urgencias.

PAN contra reforma en materia de objeción

Al perfilar la postura en contra de su bancada, el coordinador panista indicó que se debe respetar el derecho de los médicos a la objeción de conciencia, con respeto pleno a esa decisión.

“Lo que creemos es que cualquier persona, en cualquier circunstancia si su conciencia se lo dice, puede objetar cualquier acción que no quiera hacer, es así de simple (…) yo no estoy obligado a realizar algo que mi conciencia me dice que yo no debo de hacer. ¿En qué momento eso se puede convertir en un delito?”, cuestionó.

El diputado Romero Herrera reconoció que los votos en contra de su fracción, no podrá frenar la reforma en cuestión, sin embargo, dejará en clara su postura de rechazo.