El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló dos resoluciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) con las que le había impuesto el pago de responsabilidades resarcitorias por más de 784 millones de pesos a dos ex servidores públicos implicados en presuntos actos de corrupción.
El primer caso es el de Fernando Benítez Obeso, ex secretario de Salud de Veracruz durante la administración de Javier Duarte, a quien se le acusó de no realizar una adecuada y eficiente administración de los recursos asignados al Seguro Popular en el año 2014, lo que causo un daño al erario por 783.8 millones de pesos, motivo por el cual el órgano de fiscalización le impuso la sanción..
No obstante, por mayoría de nueve votos la Sala Superior del TFJA aprobó el proyecto del magistrado Alfredo Salgado Loyo, quien argumentó que la ASF impuso la responsabilidad resarcitoria de forma extemporánea, es decir, cuando ya había transcurrido el plazo de cinco años.
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“El plazo de la prescripción debe comenzar a computarse a partir del día siguiente en que cesaron los efectos de la conducta, esto es, a partir del 1 de octubre de 2015 y considerarse suspendido del 24 de septiembre de 2020, día en que fue notificado el citatorio para la audiencia al 14 de octubre de 2020, día de la celebración de dicha audiencia, culminando en la fecha que fue notificada la resolución del procedimiento de responsabilidades resarcitorias, esto es, el 5 de enero de 2021”.
En el segundo caso y en cumplimiento a la sentencia del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en materia Administrativa, el TFJA declaró la nulidad de la responsabilidad resarcitoria que le impuso la ASF al ex rector de la Universidad Autónoma de Morelos, Alejandro Vera Jiménez, por un monto de un millón de pesos.
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Al hablar en contra del proyecto, el magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas argumentó que sí era procedente la sanción, ya que los recursos destinados para la Cruzada Nacional contra el Hambre se destinaron para otros fines.
“Los recursos no se utilizaron para atender el programa del hambre, sino que los recursos se utilizaron para comprar balones de futbol, comprar globos nacarados color blanco, globos metálicos color azul, a comprar insumos que no tienen nada que ver con atacar el programa de abatimiento al hambre”.
El tribunal colegiado le concedió el amparo a Vera Jiménez, ya que la sentencia del TFJA contiene determinaciones que son contradictorias, pues primero señaló que la conducta atribuida tiene que ver con el cumplimiento del convenio, que se traduce en el aprovisionamiento, distribución, entrega y recepción de los productos y servicios; y, por otro lado, refirió que la conducta atribuida no tiene que ver con la ejecución del contrato y que la entrega y recepción no era motivo de la sanción resarcitoria.