IBERDROLA

Juez rechaza revocar suspensión concedida a Iberdrola

El Servicio de Administración Tributaria aclaró que la compañía no ha exhibido la garantía de 9 mil 145 millones de pesos que el juez fijó.

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Imagen ilustrativa Créditos: Archivo
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Un juez de distrito rechazó revocar la suspensión definitiva que le otorgó a la empresa Iberdrola contra la multa de 9 mil millones de pesos que le impuso la Comisión Reguladora de Energía (CRE) por vender energía eléctrica a empresas no autorizadas entre el 2019 y 2020.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la CRE alegaron que la compañía no ha exhibido la garantía de 9 mil 145 millones de pesos que el juez fijó para que la medida cautelar se mantenga vigente.

No obstante, Ramón Lozano Bernal, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, dio a conocer que la firma española intentó cumplir con el mandato judicial, pero las oficinas fiscales se encuentran cerradas por el periodo vacacional, motivo por el cual Iberdrola realizó el trámite por internet.

Para acreditar los hechos, la compañía exhibió el instrumento notarial 111mil 090 expedido por el notario público número 19 de la Ciudad de México, que contiene una fe de hechos practicada a las 13:43 horas del 21 de julio de este año, en las instalaciones de la Administración Desconcentrada de Recaudación, con sede en la Ciudad de México 1, del SAT.

Lozano Bernal tuvo por acreditada la buena fe con que se condujo la empresa, en tanto que hizo todo lo que estuvo a su alcance para garantizar el interés fiscal como requisito de eficacia para que la suspensión definitiva continuara surtiendo sus efectos, e incluso apuntó que nadie se encuentra obligado a lo imposible.

Por este motivo, determinó descontar al plazo de los cincos días que le fueron otorgados para efecto de exhibir la garantía, los días que corresponden al periodo vacacional de la autoridad fiscal; por lo que Iberdrola deberá garantizar el interés fiscal determinado en el periodo que comprende del 1 al 5 de agosto.