La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto que aprobó el Congreso de Nayarit para declarar a las corridas de toros y peleas de gallos como patrimonio cultural de esa entidad.
La Segunda Sala del Alto Tribunal precisó que esta resolución no debe interpretarse como una prohibición de dichas actividades, ya que este tema no formó parte del estudio de este juicio de amparo.
Por mayoría de cuatro votos, los ministros otorgaron el amparo a la asociación civil Cuenta Conmigo Tepic, al argumentar que los animales no son cosas al servicio indiscriminado de los seres humanos, sino “especies merecedoras de un trato decente”.
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En su proyecto de resolución, el ministro Alberto Pérez Dayán aseveró que la declaración de patrimonio cultural permitiría que los empresarios consiguieran subsidios o apoyos para sus actividades.
Agregó que “sería contradictorio estimar, bajo el amparo del ‘patrimonio cultural’, que el Estado adoptara una serie de medidas financieras, administrativas y educativas tendientes a preservar y fomentar ciertas costumbres, usos, expresiones, manifestaciones humanas que, aunado a no ser generalmente aceptadas ni compartidas por la comunidad, tiendan al desconocimiento o violación de los derechos y libertades del ser humano, no solo en su aspecto individual, sino social o colectivo”.