La Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes debe establecer medidas para proteger la integridad emocional, física y psicológica de menores de edad que sean víctimas de violencia “vicaria”, propuso la diputada federal del Partido Verde (PVEM), Nayeli Arlen Fernández.
La congresista señaló que cuando los infantes y adolescentes se vean afectados por violencia ejercida por quienes tienen su guarda y custodia, la autoridad debe tomar medidas para prevenir los hechos, atender a los afectados y sancionar a los responsables.
Padres agresores de menores
El planteamiento añade que cuando el padre de familia haya sido denunciado o condenado por violencia familiar, doméstica o violencia vicaria o bien, cualquier otro delito por razón de género, y también cuando sea deudor alimentario, las autoridades jurisdiccionales deberán decretar incluso como medida cautelar, la limitación o suspensión y hasta la pérdida del derecho de convivencia.
Te podría interesar
El caso será el mismo para la custodia provisional o la custodia definitiva o bien, cualquier otro régimen de comunicación o relación con los menores de edad, si se valora que éstos están en peligro al permanecer en contacto con el agresor.
Intervención Sistemas DIF
La diputada Fernández añadió que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a nivel nacional o bien, en los organismos similares a nivel estatal, deberán coordinarse con las Procuradurías de Protección al menor, para emitir medidas especiales de protección a esa población.
Te podría interesar
Lo anterior, cuando tengan conocimiento de que las niñas, niños y adolescentes son víctimas de violencia vicaria.
Las instancias referidas, también deberán garantizar atención especializada en casos de violencia contra menores, para asegurar que se adoptarán las decisiones que en todo momento hagan valer el interés superior de la niñez.
En tanto, el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, Sipinna, deberá diseñar y aplicar protocolos que permitan implementar medidas de prevención, atención, alerta temprana y seguridad ante violencia contra menores de edad.
Violencia vicaria
La legisladora promovente recordó que se considera “violencia vicaria” como las conductas realizadas contra una persona, de manera consciente, a través de terceros, con el fin de castigar, dañar psicológicamente o causar sufrimiento a la persona a la que van dirigidas, principalmente mujeres.
El propósito de los cambios señalados, es detectar e impedir que ese tipo de violencia no se cometa contra menores de edad, y en caso de que suceda, los afectados cuenten con ayuda, atención y se les resguarde del peligro.
Se debe garantizar el respeto a la dignidad humana y la integridad física y psicológica de los niños y adolescentes que puedan ser víctimas, remarcó la diputada Fernández Cruz.