La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le concedió el amparo a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) contra de la construcción de un complejo habitacional de la empresa Be Grand, el cual se localiza a sólo una calle de Ciudad Universitaria (CU).
La Segunda Sala determinó que fueron ilegales los permisos que otorgaron, entre 2010 y 2016, las autoridades, tanto del Gobierno de la Ciudad de México como de la entonces delegación Coyoacán.
Los ministros declararon infundados los agravios de la empresa inmobiliaria, la cual argumentó que imponerle restricciones al uso de su terreno equivalía a una expropiación.
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Al respecto, el ministro Javier Laynez, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, señaló que toda propiedad privada está sujeta a las modalidades que dicte el interés público.
Mencionó que dicha restricción encuentra sustento en lo dispuesto por el artículo 27, párrafo tercero, de la Constitución Federal que permite imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, en el caso, la protección de un bien declarado patrimonio mundial de la humanidad.