La Cámara de Diputados dio luz verde a reformas en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, con el fin de cerrarle el paso al matrimonio infantil.
Lo anterior, al establecer que las autoridades de los tres órdenes de gobierno, adoptarán medidas integrales para la protección de los menores, contra “prácticas nocivas” de sesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria, es decir matrimonios infantiles forzados.
La reforma al artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes agrega que las medidas de protección deberán incluir acciones afirmativas respecto a menores de edad que forman parte de comunidades indígenas, tengan discapacidad o se encuentran en situación de movilidad o exclusión social.
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Endurecen sanciones contra matrimonio infantil
El proyecto aprobado por los congresistas establece que se calificará como delito, la cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad o personas sin la capacidad para comprender el significado del hecho o personas que no tienen capacidad para resistirlo.
Incurrirá en ese ilícito, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varios menores de edad, a unirse de manera informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento con alguien de su misma condición o mayor de edad, con el fin de convivir en forma constante o equiparable a un matrimonio.
Las sanciones para los agresores serán de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil 500 días de multa.
Cuando la víctima sea integrante de un pueblo o comunidad indígena, la sanción aumentará hasta en una mitad en su mínimo y máximo, es decir, podrá ser de mínimo 12 años y como máximo, hasta 22 años y medio.
En la sesión ordinaria, se tenía previsto aprobar reformas para propiciar la reinserción social de menores de edad sentenciados por delincuencia organizada. Sin embargo, ese tema se dejó para después.