LEY OLIMPIA

Aprehenden a ex funcionario del INFONAVIT por violar ley Olimpia

Su pareja lo acusó por difundir imágenes sexuales de ella.

Ex funcionario del INFONAVIT detenido por violar ley Olimpia
Ex funcionario del INFONAVIT detenido por violar ley OlimpiaCréditos: FGJ
Escrito en NACIONAL el

El ex jefe de la oficina de la dirección general del INFONAVIT, José Eduardo ”R”, fue capturado por agentes de investigación con base en una orden de aprehensión por el delito contra la intimidad sexual agravada, en agravio de su ex pareja. 

Los detectives de la Fiscalía General de Justicia capitalina, dieron cumplimiento al mandato judicial en calles de la colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.

Dicho ilícito está contemplado en la llamada Ley Olimpia, cuya penalidad va de 4 a 6 años de prisión y su publicación fue el 22 de enero de 2022.

De acuerdo con las investigaciones, el 10 de enero de 2022, el acusado compartió por redes sociales imágenes de índole sexual de la víctima. 

El ex funcionario además era jefe de la agraviada en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Una vez que se integró la carpeta de investigación, el Ministerio Público solicitó a un juez de control la orden de aprehensión contra el ex funcionario.

El ex servidor público, José Eduardo ”R” fue trasladado al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, donde quedó a disposición del juez de control que lo requiere.

Este hombre ocupó el cargo de jefe de la oficina de la dirección general del INFONAVIT, de diciembre de 2018 a agosto de 2021. 

Su perfil de Linkedin, señala que tenia a su cargo el seguimiento a las políticas institucionales y realizar su evaluación periódica, solicitar los informes consecuentes y seguimiento a proyectos prioritarios para dicho organismo.

Además, establecer la agenda estratégica de la dirección general, así como coordinar y supervisar la agenda estratégica de la institución.

En la actualidad, se desempeñaba como director ejecutivo de relaciones corporativas e institucionales en Órbita.

Ley Olimpia

Las conductas que atentan contra la intimidad sexual son:

  • Videograbar, audiograbar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
  •  Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

@amarilloalarcon