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En entrevista para MVS Noticias con Ana Francisca Vega, Arturo Espinosa Silis, director de Estrategia Electoral, hablará sobre la SCJN analiza suspender la reforma que permitiría elegir por voto popular a jueces y ministros, una medida que ha generado amplio debate sobre su impacto en la independencia judicial.
"Es parte de la crisis yo creo constitucional que traemos, que venimos arrastrando, en el cual, producto de una reforma hecha al vapor, sin analizar sus consecuencias ni sus efectos, sin tener la legislación secundaria, y sin tener un buen diseño e cómo se iba a aplicar, pues vivimos en un escenario de permanente incertidumbre", dijo.
Comentó que se están teniendo enfrentamientos de injerencia, en cuanto a los alcances jurídicos, a la competencia dentro de las autoridades jurisdiccionales.
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Esto se origina en virtud de la suspensiones que fueron concedidas por los jueces de distrito en contra de diferentes actos, tanto del proceso de la reforma, como de la propia elección judicial.
¿Quién puede conocer las suspensiones de los juzgados de distrito contra le reforma judicial 2025?
Señaló que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respondió que los jueces de distrito no pueden suspender el proceso electoral, lo que creó un conflicto de competencias.
Explicó que el punto es que las suspensiones que emitieron los juzgados de distrito ¿Quién puede conoce de ellas? Si es la Sala Superior del TEPJF o es otro órgano, lo cual fue discutido este día en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
"Yo creo que la Corte un poco lo que hizo fue, por un lado señalar muy claramente que el Tribunal Electoral no puede pronunciarse respecto de los suspensiones de los jueces de distrito, que no tiene competencia", expresó.
Arturo Espinosa Silis añadió que la SCJN indicó que el pronunciamiento del TEPJF eran meras opiniones, restándole la validez de una sentencia, sino que eran opiniones jurídicas y nada más.