ENTREVISTAS ANA FRANCISCA VEGA

Especialista acusa a la SCJN de excederse: “La nulidad de juicio concluido no les compete”

Suprema Corte retrocede tras críticas por el principio de cosa juzgada: “Querían abrir la puerta para anular varios temas”, advierte Claudia de Buen.

La SCJN emitió un comunicado sobre la cosa juzgada.
La SCJN emitió un comunicado sobre la cosa juzgada. Créditos: cuartoscuro.
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Entrevista a Claudia Buen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación intentó contener la polémica que desató por la difusión de audios y por el debate en torno a la llamada “nulidad de juicio concluido”, una figura jurídica que se utiliza únicamente en casos excepcionales de fraude procesal. Para despejar dudas, la Corte emitió un comunicado asegurando que no se trataba de reabrir asuntos ya juzgados.

En entrevista con Ana Francisca Vega, Claudia de Buen, socia del Bufete de Buen y expresidenta de la Barra Mexicana de Abogados, detalló el verdadero alcance de esta figura legal, las inconsistencias del caso en discusión y por qué, a su juicio, la intervención del máximo tribunal fue un exceso que “no le compete”.

¿Qué es la nulidad de juicio concluido y por qué no aplicaba en este caso?

De Buen explicó que esta medida es un recurso legal extraordinario, diseñado para casos graves como fraude procesal, suplantación de identidad, juicios simulados o uso de documentos falsificados. Sin embargo, subrayó que no procede en materias mercantiles ni es competencia de la SCJN, como sí ocurrió en el caso que generó polémica.

“La nulidad de juicio concluido es ‘cuando hay fraude procesal, cuando hay suplantación, cuando no se emplaza, no se notifica a la persona y el juicio se lleva en rebeldía, cuando es un juicio simulado o cuando se presentan documentos falsificados’”, explicó.

Y agregó que la Corte intervino donde no debía: “No es la Suprema Corte la que lo tiene que determinar… De ninguna manera ante la Suprema Corte.”

“Querían abrir la puerta para anular varios temas”

La jurista advirtió que, más allá del caso específico, la maniobra parecía abrir una vía riesgosa para revisiones discrecionales de casos ya resueltos.

Desde su perspectiva, las declaraciones posteriores de la Corte fueron consecuencia directa de la reacción institucional que generó el primer pronunciamiento.

“Yo creo que les leyeron la cartilla… querían abrir la puerta para anular varios temas, y esto lo hicieron para eso, con esa intención, y por eso hubo una reacción brutal en toda la jurisdicción.”

La arbitrariedad como riesgo central

De Buen señaló que permitir que la Corte revise sentencias firmes bajo criterios ambiguos como “colusión” o “maniobras fraudulentas” abre la puerta a decisiones discrecionales.

“Es completamente arbitrario… el único que lo puede juzgar es el propio juez que llevó el juicio.”

Según la jurista, ni el Código de Comercio ni las reglas procesales mercantiles contemplan esta figura, lo que vuelve aún más problemática la intervención del máximo tribunal.

¿Debemos quedarnos tranquilos?

Pese al comunicado de la SCJN, para la especialista aún existen motivos de preocupación. “Exactamente, no nos podemos quedar tranquilos… esperemos que esto sea algo firme para no tener estos deseos de volver a entrar al tema.”