ENTREVISTAS PAMELA CERDEIRA

Ampliar la prisión preventiva oficiosa: 'un retroceso para los derechos humanos en México'

David Peña, abogado de Derechos Humanos, advirtió que la ampliación de delitos con prisión preventiva oficiosa viola sentencias internacionales y afecta a los sectores más vulnerables.

David Peña Rodríguez alerta sobre los peligros de ampliar la prisión preventiva oficiosa en México y su impacto en los derechos humanos.
David Peña Rodríguez alerta sobre los peligros de ampliar la prisión preventiva oficiosa en México y su impacto en los derechos humanos.Créditos: Freepik
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Entrevista a David Peña/ Pamela Cerdeira

En entrevista con Pamela Cerdeira, para MVS Noticias, David Peña Rodríguez, abogado defensor de Derechos Humanos, integrante del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social y colitigante en el caso de Daniel García ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos advierte que ampliar de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa va en contra de sentencias internacionales.

La prisión preventiva oficiosa, establecida en el artículo 19 de la Constitución Mexicana, se encuentra nuevamente en el centro del debate. La reciente ampliación del catálogo de delitos que ameritan esta medida ha generado preocupaciones sobre su impacto en los derechos humanos y el acceso a la justicia.

David Peña Rodríguez, abogado defensor de derechos humanos e integrante del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social, señaló que esta práctica es incompatible con estándares internacionales.

“La prisión preventiva oficiosa elimina el análisis judicial sobre los riesgos de fuga o intimidación a víctimas y testigos. Se aplica automáticamente, sin justificación específica, lo que vulnera derechos fundamentales”, explicó.

¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que permite a un juez ordenar el encarcelamiento de una persona acusada de un delito sin necesidad de una audiencia previa o de que el Ministerio Público justifique la necesidad de esta medida. En México, esta figura se encuentra regulada en el artículo 19 de la Constitución y se aplica de manera automática en un amplio catálogo de delitos.

¿Qué pasa con el caso Daniel García?

Desde su incorporación en 2008, la prisión preventiva oficiosa ha sido objeto de críticas por su efecto desproporcionado en sectores vulnerables. Según Peña, “las cárceles se han llenado principalmente de personas pobres, sin que esto haya reducido la impunidad o desmantelado estructuras criminales”.

En el caso de Daniel García, presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), se ilustra las consecuencias de esta política. García pasó 17 años en prisión preventiva sin sentencia, lo que llevó a la CoIDH a emitir una sentencia que obliga a México a reformar su legislación.

“La sentencia de la CoIDH es clara: ningún artículo constitucional puede justificar una violación a los derechos humanos. Los jueces están obligados a interpretar la ley en favor de las personas, no de políticas que perpetúan la desigualdad”, afirmó Peña.

Peña Rodríguez detalló que cumplir con las sentencias internacionales es fundamental para garantizar que el sistema judicial mexicano respete los derechos humanos, consideró que reformar la prisión preventiva oficiosa sería un paso hacia un modelo de justicia que no solo castigue, sino que también prevenga y rehabilite.

“La discusión sobre la prisión preventiva oficiosa no es lejana; afecta las libertades de todas las personas. Es urgente replantear este modelo para cumplir con los compromisos internacionales y construir una justicia más equitativa”, concluyó al hablar del caso de Daniel García y lo que significa ampliar delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.