ENTREVISTAS LUIS CÁRDENAS

Reparto de utilidades: esto puedes hacer en caso de no recibirlas

Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, explicó cómo denunciar o pedir asesoría ante los organismos correspondientes.

Aún hay tiempo para recibirlas.
Aún hay tiempo para recibirlas.Créditos: Cuartoscuro
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Colaboración de Diana Bernal

En su colaboración con Luis Cárdenas para la Primera Emisión de MVS Noticias, Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, habló sobre qué hacer en caso de no recibir el reparto de utilidades.

De acuerdo con la experta, esta cantidad se paga a los trabajadores entre el 1 de abril al 29 de junio.

Las empresas o sociedades están obligadas a pagarlas el 30 de mayo o si trabajas como persona física, tiene el derecho a su reparto hasta el 29 de junio, comentó.

Es así como las personas físicas aún pueden esperar hasta finales de este mes.

“Las empresas tienen que hacer sus declaraciones anuales en marzo y abril y si acumulados todos sus ingresos para su actividad productiva, queda un remanente, eso se llama utilidad y en México el reparto a los trabajadores se paga sobre la utilidad fiscal”, dijo.

Es así como “el empleador está obligado a dar a conocer a los trabajadores a través de su sindicato su declaración anual de impuestos sobre la renta para que los empleados intervengan”.

“Tenemos derecho a conocer tanto si tuvo o no utilidades la declaración del patrón", añadió.

¿Cómo denunciar que no hubo reparto de utilidades?

En caso de no recibirlas y que la empresa sí haya tenido, hay vías para denunciar.

Una forma es por medio del correo electrónico: inspeccionfederal@stps.gob.mx

Además, se pueden acudir a las oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Dirección General de Inspección Federal del Trabajo o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a lo largo de la República Mexicana.

O en la Ciudad de México, en las de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo o en la Dirección General de Trabajo y Previsión Social.

También se puede ingresar al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De esta manera, los trabajadores pueden hacer válido su derecho del reparto de utilidades.