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En entrevista con Manuel López San Martín para la Segunda Emisión de MVS Noticias, Francisco Burgoa, profesor de Derecho Constitucional en la UNAM, habló sobre quién gobernaría si falta el presidente de la República.
“La Constitución no dice absolutamente nada si el presidente de la República se encuentra delicado de salud o si se encuentra anestesiado. No existe un dispositivo que nos indique qué se debe de hacer”, explicó.
El presidente Andrés Manuel López Obrador confirmó su tercer contagio por Covid-19 la tarde de este domingo, por lo que el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, será quien encabece las conferencias matutinas.
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De acuerdo con el artículo 84 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo.
Cabe mencionar que durante la “mañanera de este lunes, el secretario de Gobernación precisó que “AMLO está siendo atendido, monitoreado de manera permanente”.