FERNANDA BLAZ

Fernanda Blaz, ex de Werevertumorro revela relación marcada por control económico

La violencia familiar está contemplada como delito en el Código Penal.

Fernanda Blaz en su testimonio, explicó que entregaba la totalidad de sus ingresos a esa persona.
Fernanda Blaz en su testimonio, explicó que entregaba la totalidad de sus ingresos a esa persona.Créditos: Canva_captura de pantalla.
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La influencer Fernanda Blaz, expareja del creador de contenido Gabriel Montiel, conocido como Werevertumorro, relató en el podcast de ‘Un Tal Fredo’ detalles de una relación pasada que, según usuarios en redes sociales, podría encuadrar en violencia familiar. Sin mencionar nombres, la creadora de contenido habló de un vínculo marcado por el control y el desgaste emocional.

En su testimonio, explicó que entregaba la totalidad de sus ingresos a esa persona, sin reglas claras sobre la administración del dinero. Aunque Blaz no calificó los hechos como violencia familiar, usuarios en redes sociales señalaron que lo narrado podría encajar en conductas sancionadas por la ley, particularmente en el ámbito económico.

Crédito: IG @fernandablaz.

¿Qué dice la ley en la Ciudad de México?

En la capital del país, la violencia familiar está contemplada como delito tanto en el Código Penal local como en el federal. El artículo 200 del ordenamiento capitalino establece que existe cuando hay actos u omisiones que generen daño físico, emocional, sexual, patrimonial o económico, ya sea dentro o fuera del hogar, siempre que exista una relación afectiva o de convivencia.

La normativa incluye como posibles víctimas a parejas actuales o anteriores, familiares hasta el cuarto grado, personas adoptadas, integrantes de sociedades de convivencia e incluso vínculos sentimentales sin cohabitación, como lo señala el artículo 201 Bis.

¿Cuáles son las sanciones?

De acuerdo con el artículo 201 del Código Penal de la CDMX, la violencia económica se configura cuando se limita o controla el acceso de la víctima a sus propios recursos. Esto puede implicar retención de dinero, restricciones para trabajar o supervisión absoluta de gastos.

En el ámbito federal, el artículo 343 Bis contempla penas de seis meses a cuatro años de prisión para quien incurra en violencia familiar, además de la obligación de recibir tratamiento psicológico. Las sanciones pueden aumentar si la conducta se comete contra personas en situación de vulnerabilidad, como mujeres embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad.

Las declaraciones de Fernanda Blaz generaron una ola de reacciones y mensajes de apoyo en redes sociales, donde seguidores destacaron la importancia de visibilizar este tipo de experiencias.