La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ordenó congelar las cuentas bancarias del Contralmirante Víctor Manuel Ozuna Díaz, quien durante los dos últimos años del sexenio pasado ocupó un puesto clave en la administración y supervisión de los principales puertos del País.
Ozuna encabezó entre 2022 y 2024 la Dirección General de Fomento y Administración Portuaria (DGFAP) de la Secretaría de Marina (Semar), área desde la que ejercía el control corporativo de las 16 Administraciones del Sistema Portuario Nacional (Asipona).
Estas empresas paraestatales administran los principales puertos de México y quedaron bajo el control de la Marina en 2021, después de ser transferidas por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
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UIF pone bajo la lupa las cuentas de Ozuna
De acuerdo con registros judiciales, las cuentas del Contralmirante fueron incluidas en el acuerdo 151/2026 de la UIF, mecanismo utilizado para inmovilizar recursos ante sospechas relacionadas con posibles operaciones con dinero de origen ilícito.
Sin embargo, hasta el momento Ozuna no ha sido acusado públicamente de algún delito. El bloqueo de cuentas por parte de la UIF tampoco implica, por sí mismo, la apertura de un proceso penal por lavado de dinero.
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Además de supervisar a las Asipona, desde la DGFAP el mando naval tenía responsabilidades sobre la administración, vigilancia y control de acceso de decenas de puertos de menor tamaño que no forman parte de dichas empresas portuarias.
Antes de asumir ese cargo, Ozuna se desempeñó como Agregado Naval en la Embajada de México en Suecia. Dejó esa posición en octubre de 2022, cuando todavía tenía el grado de Capitán de Navío, y posteriormente fue ascendido a Contralmirante.
Actualmente se desconoce qué posición ocupa dentro de la Secretaría de Marina.
Contralmirante pelea en tribunales el congelamiento
El pasado 1 de julio, Ozuna presentó una demanda de amparo para intentar recuperar el acceso a sus recursos financieros.
En su solicitud pidió que la UIF, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), ordenara levantar de manera inmediata la inmovilización de sus cuentas bancarias, inversiones y fondos electrónicos.
El Contralmirante argumentó que debía permitírsele disponer libremente de los recursos que considera de origen legítimo.
La demanda fue admitida por Luz María Flores Alva, Jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa. Aunque el sentido completo de la resolución fue censurado en la lista pública de notificaciones, aparentemente la suspensión provisional solicitada por Ozuna fue rechazada.
Cuestiona plazo de cinco días para defenderse
La batalla legal no comenzó inmediatamente después del congelamiento de las cuentas.
El amparo deriva de un oficio emitido el 16 de junio por la UIF, mediante el cual se habría rechazado, por extemporánea, la solicitud de Ozuna para ejercer su derecho de audiencia ante la propia Unidad.
Por ello, el Contralmirante ahora cuestiona la constitucionalidad del artículo 116 Bis Dos de la Ley de Instituciones de Crédito.
La norma establece un plazo de apenas cinco días hábiles para que una persona incluida en la lista de bloqueados solicite una audiencia y presente argumentos en su defensa, contados desde la notificación de las razones que originaron la inmovilización de sus recursos.
