Como un derecho de los trabajadores en México, el aguinaldo está exento del pago del Impuesto sobre la Renta (ISR), pero no en todos los casos pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) existen ciertas condiciones en las que dicha prestación no está libre del pago, por lo que aquí te decimos si debes hacerlo o no, así como cómo calcular tu contribución.
La LFT señala que el pago del aguinaldo que se entrega es de al menos 15 días de salario, pero el monto que reciben los trabajadores varía en función del sueldo diario que percibe, por lo que según la cifra final es cómo se determina quiénes sí y quiénes no deben pagar impuesto por esta prestación.
Debes o no pagar impuestos por tu aguinaldo
Adrián Rodríguez, abogado especializado en materia fiscal y asociado en Von Wobeser y Sierra, destaca que el impuesto por lo que reciban los trabajadores se determina en función del monto de su aguinaldo, pues según lo establecido en el artículo 93 la cifra máxima que está libre de contribuciones es de 30 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), equivalente a 3 mil 394.20 pesos.
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“Un error común es considerar al salario mínimo general para el descuento por impuestos. Hace algunos años se preveía la exención de 30 días de salario mínimo general, pero en 2017 se creó la UMA para sustituir al salario en los cálculos”, explica, por lo que quienes reciban de aguinaldo más de 3 mil 394 pesos sí tendrán que pagar impuesto: “Si excedes un peso o mil, te tienes que ir a la tabla de las percepciones mensuales y hacer el cálculo que te corresponda”, detalla el abogado.
¿El aguinaldo está exento del ISR?
Como derecho laboral, el aguinaldo sí está exento del pago del ISR, siempre y cuando no exceda de 30 UMAs; si el monto es superior, el trabajador sí tendrá que pagar impuestos y, en consecuencia, verá una deducción en su prestación. “El aguinaldo sí está exento de ISR, pero solamente una parte. El resto, lo que se reciba superior al límite de exención que prevé la Ley del ISR sí está gravado”, añade Rodríguez.
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Así puedes calcular el impuesto de tu aguinaldo
Para determinar la retención, el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala cómo realizar el cálculo en el artículo 174: Divide el monto entre 365, multiplica el resultado por 30.4, a lo que te dé súmale el ingreso ordinario mensual para que al resultado le apliques el límite de 3 mil 394.20 pesos (30 veces la UMA); es decir: si ganas dos salarios mínimos (16 mil 951.04 pesos), tras hacer tu cálculo de aguinaldo te tocan 8 mil 475.51, de los que solo 3 mil 394.2 son libres de impuestos. Los 5 mil 81.31 restantes sí pagan contribución.
