La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que determina que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe hacer un incremento en el monto de la pensión de miles de jubilados de acuerdo con la inflación.
Con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), lo anterior, es con el fin de respaldar sus derechos y que no pierdan poder adquisitivo frente al aumento constante de los precios.
La decisión surge tras diversas demandas de jubilados que argumentaron que los ajustes actuales no reflejaban el aumento del costo de vida.
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Si bien la Norma aún sigue aplicándose para otros regímenes, el fallo reitera que para los pensionados con el régimen 73 el ajuste no puede depender exclusivamente del salario mínimo.
Estos son los jubilados que verán un aumento en su pensión
Los beneficiados son aquellos que se pensionaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, trabajadores que comenzaron a cotizar antes de la reforma de 1997. Para quienes cotizaron bajo el régimen de 1997 o eligieron jubilarse por ese esquema, no aplica este criterio.
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Implicaciones para 2025
En 2025, la pensión mínima garantizada bajo la Ley 73 se fijó en 9,412 pesos mensuales, y uno de los fundamentos del ajuste será precisamente el INPC —no el salario mínimo— como medida más acorde al desgaste causado por la inflación.
La Corte también ha abordado el tema de los embargos: en julio de 2025 se dictaminó que, en casos de obligaciones de pensión alimenticia, pueden embargarse hasta el 10 % de los recursos acumulados en las subcuentas (retiro, cesantía, vejez) de pensionados, siempre que el deudor esté desempleado y no tenga otros bienes embargables.
