LABORAL

Pensión IMSS: ¿Puedo volver a trabajar si ya estoy jubilado por la Ley 73?

La mejor sugerencia es la prevención: si aún no inicias tu trámite de Pensión IMSS, planifica tu retiro.

Si quieres volver a trabajar aun si estas pensionado debes cumplir con ciertos requisitos.
Si quieres volver a trabajar aun si estas pensionado debes cumplir con ciertos requisitos. Créditos: Freepik / FB: IMSS
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Si ya obtuviste tu pensión IMSS por cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la Ley 73, pero el monto no cumple tus expectativas, es posible que estés considerando reincorporarte al mercado laboral. Aunque la ley te permite volver a trabajar y seguir recibiendo tu pensión, es crucial que conozcas y sigas estrictamente las reglas para evitar contratiempos con tu beneficio.

Te sugerimos que tomes nota de estos requisitos vitales que debes cumplir si buscas un segundo aire laboral posterior a tu Pensión IMSS.

Tres condiciones ineludibles para la reincorporación al trabajo si estás pensionado

Para reingresar al Régimen Obligatorio y mantener intacta tu pensión, debes asegurarte de cumplir con las siguientes condiciones establecidas por el IMSS:

Espera un periodo mínimo: Debes dejar pasar un lapso de, al menos, 6 meses desde el momento en que se te otorgó la resolución de pensión antes de comenzar cualquier actividad laboral formal dada de alta ante el IMSS.

Cambia de empleo y puesto: No puedes reincorporarte al mismo puesto de trabajo que tenías antes de tu baja para la jubilación. Debes cambiar de función o de empresa.

Salario limitado: La remuneración o el salario que percibas en tu nuevo empleo debe ser menor al 50 por ciento de lo que ganabas antes de pensionarte.

Tip: Si cumples estos requisitos, tu pensión ya cubre los seguros de invalidez, vida y maternidad. Por lo tanto, tu nuevo empleador no debería descontarte las cuotas correspondientes a estos rubros de tu salario.

Nuevo estatus: Ya no cotizarás bajo la Ley 73

Un aspecto fundamental que debes comprender es cómo afecta tu reingreso a tus futuras cotizaciones. De acuerdo con el Artículo 196 de la Ley del IMSS, una vez que te reincorporas a la vida laboral y cumples las condiciones mencionadas, ya no seguirás cotizando bajo la Ley 73 del Seguro Social.

Esto implica un cambio: las nuevas cotizaciones se regirán por la Ley de 1997. Tu salario generará depósitos que se acumularán en una cuenta AFORE a tu nombre. Este saldo a favor podrá ser retirado o transferido de tu cuenta, pero ya no abonará a un incremento de la pensión original de la Ley 73.

La mejor sugerencia: Planifica tu pensión IMSS antes de retirarte

Como puedes ver, reincorporarse al trabajo después de pensionarse conlleva restricciones importantes.

Por ello, la mejor sugerencia es la prevención: si aún no inicias tu trámite de Pensión IMSS, planifica tu retiro.

Recuerda que existen estrategias totalmente legales, como el uso de la Modalidad 40, que pueden ayudarte a mejorar significativamente el cálculo de tu pensión antes de solicitarla, evitando así la necesidad de volver a trabajar bajo las limitaciones de la Ley 73.

Si ya obtuviste tu pensión IMSS por cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la Ley 73, pero el monto no cumple tus expectativas, es posible que estés considerando reincorporarte al mercado laboral.