El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que en este regreso a clases, las personas físicas pueden deducir los pagos por colegiaturas y transporte escolar, cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura, pues son conceptos que puede presentar en la declaración anual.
En comunicado, el SAT explicó que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.
La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.
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El brazo recaudador de impuestos explicó que los límites al año son: Preescolar: 14,200 pesos; Primaria: 12,900 pesos; Secundaria: 19,900 pesos; Profesional técnico: 17,100 pesos; Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Agregó que para obtener este beneficio, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.
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Así también, el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios.