SEGURIDAD SOCIAL

IMSS: Ayuda por matrimonio, así la puedes solicitar

Si te casaste por el civil, no lo dudes solicita esta prestación que te podría caer muy bien.

Si te casaste por el civil y eres asegurado por el IMSS, puedes solicitar tu ayuda por matrimonio.
Si te casaste por el civil y eres asegurado por el IMSS, puedes solicitar tu ayuda por matrimonio.Créditos: Canva
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¿Te casaste por el civil?, ¡enhorabuena!...toma en cuenta que el IMSS ofrece a los asegurados una ayuda por matrimonio, misma que puedes solicitar como te vamos a decir.

Si eres asegurado ante el IMSS y contrajiste matrimonio civil, puedes solicitar la ayuda para gastos de matrimonio, cuyo importe de cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.

Se trata de la prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado, por una sola vez, que contrae matrimonio civil, la cual se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado.

¿Cuáles son los requisitos?

De acuerdo con el IMSS, estos son los requisitos para solicitar esa ayuda como asegurado ante el mismo:

-Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.

-No haber ejercido este derecho con anterioridad.

-En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, o el fallecimiento de éste.

-Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.

-Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.

¿Qué documentos debes presentar?

Como todo trámite, hay ciertos documentos que debes presentar para hacer válida la ayuda, aquí te decimo cuáles son:

-Identificación oficial con fotografía y firma

-Solicitud de otorgamiento de ayuda: que debe ser completada por personal de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que administre tu cuenta individual

-Original y copia de cualquier documento de identificación emitido por el IMSS, Infonavit o una Afore, ya que debe contener el Número de Seguridad Social (NSS)

-Original y copia del estado de cuenta de la Cuenta Individual: este documento es una impresión obtenida del sitio web de la Afore que administra la Cuenta Individual

-Original y copia del Acta de Matrimonio

Es importante que sepas que el pago de esta prestación de parte del IMSS, no se descuentan semanas de cotización. Así que el asegurado puede proceder con tranquilidad por derecho. Sin embargo, hay que tener en cuenta lo siguiente:

-El asegurado puede solicitar el dinero una sola vez

-El asegurado deberá acudir a la Afore donde se encuentra su cuenta individual

-La prestación debe ser solicitada directamente en la Afore, ya que allí se encuentra la cuenta individual, en los horarios establecidos

-El asegurado no tendrá el derecho de solicitar esta prestación si contrae otros matrimonios posteriormente.

Si te casaste por el civil, ahorra ya sabes que el IMSS ofrece a los asegurados una ayuda por matrimonio.