El SAT hizo un recordatorio a las personas físicas que pueden deducir gastos personales al presentar su Declaración Anual 2023.
En un comunicado detalló que los gastos que se pueden deducir son: gastos médicos, gastos funerarios, donativos, colegiaturas, gastos de transporte escolar, aportaciones complementarias al retiro, cuentas especiales y personales para el ahorro, primas de seguros de gastos médicos y créditos hipotecarios.
Asimismo dijo que para hacer efectiva la deducción deben contar con la factura de cada servicio adquirido y haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.
Te podría interesar
Indicó que en el caso específico de los gastos médicos, se pueden incluir honorarios médicos, dentista, psicología, nutrición, enfermería, tratamientos, gastos por incapacidad o discapacidad, gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas por hospitalización, análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación, lentes ópticos graduados, hasta por un monto de 2 mil 500 pesos.
El brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda, dijo que son deducibles los gastos funerarios cuyo servicio sea para el contribuyente, su cónyuge o concubina, así como para padres, abuelos, hijos y nietos.
Te podría interesar
Finalmente reiteró que los donativos incluye los no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.
El límite es hasta 7 por ciento de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4 por ciento para los otorgados a la Federación.