ECONOMÍA

Infonavit: En caso de muerte ¿quién paga el crédito de vivienda?

Es importante que como familiar del crédito sepas lo que debes hacer ante una eventualidad de este tipo.

¿Qué pasa cuando el titular de un crédito del Infonavit muere?, aquí te decimos.
¿Qué pasa cuando el titular de un crédito del Infonavit muere?, aquí te decimos.Créditos: Freepik
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Si tienes un préstamo ante el Infonavit y si por alguna razón desafortunadamente falleces, te has preguntado ¿quién paga el crédito de vivienda?, no te preocupes, aquí te decimos.

La muerte es inesperada en la mayoría de los casos, pero lo que sí puedes hacer es informar a tus seres queridos o beneficiarios sobre tus cuentas, seguros o créditos ya que en caso de que llegaras a faltar es indispensable que cuenten con esta información y sepan qué hacer ante esa eventualidad. 

Si tienes un crédito con el Infonavit, tienes muchos beneficios que a veces son poco conocidos pero que el tenerlos presentes nunca está de más.

¿Quién paga mi crédito Infonavit si muero? 

Si estás pagando un crédito, lo primero que debes hacer es avisar a tus familiares que tu financiamiento cuenta con un Seguro por Fallecimiento, que cubre el total de tu deuda en caso de que llegaras a faltar, por lo que ellos no tendrán que preocuparse por seguir pagando el crédito. 

Sin embargo, es muy importante que tomes en cuenta lo siguiente para que puedas aplicar este seguro

-Hablar al Infonatel (800 008 3900) para generar un número de caso bajo el concepto de autoseguro por defunción.

-La persona que realice el trámite deberá proporcionar su nombre completo, un correo electrónico, un número telefónico y el Número de Seguridad Social de la persona acreditada.

Una vez que se haya obtenido el número de caso, se debe entrar a la página para subir la siguiente documentación escaneada:

-Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de defunción de la acreditada o acreditado. Si no se tiene una identificación oficial de la persona que falleció, se debe entregar un Acta por pérdida de documentos levantada ante el Ministerio Público. 

-Si la persona acreditada murió en el extranjero, el acta de defunción debe estar apostillada.

-Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de nacimiento de la persona que realice el trámite.

Toma en cuenta los plazos 

De acuerdo con el Infonavit, es importante considerar que, una vez solicitado el caso, se tiene un máximo de 5 días hábiles para subir los documentos, de lo contrario el caso se cancelará de manera automática.

Una vez adjuntados los documentos, nuevamente se deberá llamar a Infonatel (800 008 3900) para solicitar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano.

Se debe acudir a la cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) con los documentos en original y copia que previamente fueron escaneados y cargados al portal y un correo electrónico para que se pueda mantener informada a la persona, sobre el proceso. 

Si el portal no permite adjuntar los documentos, se puede acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano, y entregar:

-Acta de defunción e identificación oficial vigente de la persona acreditada. 

-Acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien realiza el trámite.

Recuerda que, en Infonavit todos los trámites son gratuitos así que no caigas en los engaños de falsos gestores o coyotes, que se aprovechan del dolor y apuro de las personas y prometen realizar el trámite a cambio de una comisión. 

Ahor ya sabes que si tienes un préstamo ante el Infonavit y si por alguna razón desafortunadamente falleces, entera a tus familiares de los trámites que deben hacer.