Si bien es cierto que, cuando te despiden de tu trabajo, puedes tener derecho a una liquidación por parte de la empresa, la Ley Federal de Trabajo (LFT) establece que hay 11 puntos (u 11 razones) por las cuales pueden despedirte sin derecho a tu liquidación, y es importante que los conozcas para evitar problemas en un futuro.
Como ya lo hemos dicho anteriormente, cuando establecemos una relación laboral con alguna empresa, estamos expuestos a, en cualquier momento, que se termine, ya sea porque nos despidan o renunciemos; sin embargo, es importante conocer qué dice la LFT para que sepas si tienes derecho o no al pago de tu liquidación.
¿En qué casos se debe hacer el pago de la liquidación?
La Ley Federal del Trabajo señala que la liquidación es una indemnización que el patrón debe pagar al trabajador cuando, por responsabilidad de la empresa o el empleador, se termine la relación laboral. Las causas pueden ser las siguientes:
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- Cierre de la empresa.
- Restructuración organizacional.
- Cuando el puesto o departamento de trabajo desaparece.
- Causas injustificadas o no contempladas en el Artículo 47 de la LFT.
- Faltas graves del patrón que obliguen a que el empleado renuncie.
¿Cuáles son, entonces, las causas justificadas para terminar una relación laboral?
- Mentir sobre tus títulos académicos o conocimientos para ejercer el puesto.
- Incurrir en faltas de probidad u honradez, así como en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos.
- Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior.
- Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo
- Dañar intencionalmente los bienes de la empresa.
- Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él
- Acudir al trabajo bajo los efectos del alcohol o de algún narcótico.
- Acumular 3 faltas sin permiso en 30 días.
- Desobedecer, sin causa justificada, a tu jefe o jefa.
- Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
- Revelar secretos de la empresa para su perjuicio.
Solo en caso de que cometas alguno de los 11 puntos antes señalados, tendrás derecho al pago de tu liquidación.