¿Recientemente se retrasó o demoró tu vuelo? O bien, ¿viajarás pronto en avión y no sabes qué hacer en estos casos? No te preocupes, ya que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recientemente dio a conocer cómo enfrentar esta situación.
Por si aún no lo sabías, existe una serie de derechos y obligaciones de los pasajeros mientras hacen uso del servicio de transporte aéreo, las cuales, se contienen en la Ley de Aviación Civil.
A las disposiciones, de acuerdo con la dependencia federal, las aerolíneas están obligadas a cumplirlas, así como su personal y las agencias de viaje.
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Y es que, el organismo refiere que “las aerolíneas están obligadas a proporcionar un servicio de calidad y eficiente a todos sus pasajeros”.
¿Qué hacer si se retrasó o demoró mi vuelo?
Por medio de redes sociales, la dependencia compartió que cualquiera que sea la causa del retraso o demora inferior a cuatro horas, se debe informar “claramente por medios electrónicos o módulos de atención al pasajero”.
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Sin embargo, en caso de que la aerolínea sea la responsable, debe compensarte según los siguientes puntos:
Retraso mayor a una hora, pero menor a cuatro
La aerolínea debe proporcionar descuentos para el mismo destino en vuelos posteriores y/o alimentos y bebidas.
Demora superior a dos horas, inferior a cuatro
Te deberán ofrecer un descuento mínimo de 7.5 por ciento del precio del boleto.
Retraso que supere las cuatro horas o cancelación
La Profeco da varias opciones, siendo la primera, el reintegro del precio del boleto o la parte que no se realizó del viaje.
También, se puede escoger un transporte sustituto en el primer vuelo disponible, así como alimentos, y en caso de ser necesario, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
Como tercera opción, la aerolínea deberá compensarte con transporte en fecha posterior al mismo destino.
Finalmente, la Profeco indica que de elegir el primer y tercer punto, en caso de retraso o demora del vuelo, el pasajero y pasajera tiene derecho a recibir una indemnización que no sea inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte que no se realizó del viaje.