La Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer el decreto de las nuevas modificaciones que tendrá la Ley del Seguro Social (LSS) y que repercurtirá positivamente en la pensión heredable del IMSS e ISSSTE.
El pasado 20 de enero se publicó el decreto que reforma estas legislaciones donde las mujeres trabajadoras pueden proteger a sus concubinarios con una pensión en caso de fallecimiento.
Engloba a las parejas del mismo sexo
Lo que antes se veía imposible de lograr, ahora podrá ser una realidad para las parejas del mismo sexo que hallan celebrado su unión civil.
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Anteriormente esta ley solo reconocía a los trabajadores u hombres pensionados para otorgar este beneficio.
Esta modificación significa que se está dando el reconocimiento de la unión civil como un acto bilateral y validez jurídica.
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La reformación de la (LSS) también incluye el servicio de guarderías que debe ser contemplado tanto para trabajadoras como trabajadores.
De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, esta modificación garantiza la igualdad de género para los accesos de los beneficios laborales y de seguridad social.
El artículo 66 de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado estipula lo siguiente.
“Al contraer matrimonio o al suscribir alguna unión civil, cualquiera de los beneficiarios mencionados recibirá una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión otorgada. En esta última situación, la aseguradora respectiva deberá devolver al Instituto el fondo de reserva de las obligaciones futuras pendientes de cubrir, previo descuento de la suma global que se otorgue”.
Las nuevas modificaciones de la pensión heredable IMSS e ISSSTE fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación.