SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

SAT: Este es el documento obligatorio que debes actualizar antes del 1 de enero de 2024

Se trata de un requisito del cual, el organismo adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lanzó la más reciente versión.

SAT recuerda la actualización de la Carta Porte.
SAT recuerda la actualización de la Carta Porte.Créditos: Cuartoscuro / Pixabay
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Tener nuestros papeles en regla es indispensable en todo momento, sin embargo, podemos aprovechar el fin de año para corroborar que tenemos todo en orden, es por ello que, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes la actualización de un documento que será obligatorio a partir del próximo 1 de enero de 2024.

De acuerdo con el sitio oficial del organismo adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el objetivo es que se pueda cumplir de forma fácil la emisión de facturas electrónicas con un requisito: la Carta Porte.

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¿Qué es la Carta Porte?

Se trata de un documento que contiene toda la información relacionada con los “bienes y mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan”, señala el SAT.

En días pasados, por medio de un comunicado, la dependencia anunció la versión 3.0 de la Carta Porte, que entró en vigor el 25 de noviembre de 2023, aunque hasta el próximo 31 de diciembre de este año, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas con la última actualización de la 2.0.

Sin embargo, será el 1 de enero de 2024 cuando la única versión válida de este documento sea la 3.0, para los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas.

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Beneficios de este documento obligatorio, según el SAT

Es importante destacar que las y los contribuyentes que estarán obligados a emitir la Carta Porte son aquellas personas dueñas de mercancías, intermediarios y agentes de transporte, así como transportistas y entre los beneficios se encuentran:

  • Identificación de las mercancías y tener certeza de qué se transporta y las rutas.
  • Conocer el origen y destino de las mercancías.
  • Establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito.
  • Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
  • Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

Y recuerda, el SAT indica que tienes hasta el 31 de diciembre de 2023 para continuar utilizando la Carta Porte 2.0, de lo contrario, a partir del 1 de enero de 2024 podrás ser acreedor a multas o sanciones.