REPARTO DE UTILIDADES

Reparto de utilidades para personas físicas: quiénes están obligados a dar esta prestación

La fecha límite para el cumplimiento del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) para personas físicas es el 29 de junio.

El plazo máximo para cubrir el reparto de utilidades es de 60 días posteriores al pago anual de la empresa o patrón.
El plazo máximo para cubrir el reparto de utilidades es de 60 días posteriores al pago anual de la empresa o patrón.Créditos: Pexels
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La siguiente información puede interesarte, pues si estás contratado por alguno de estos empleadores, ellos están obligados a dar el reparto de utilidades como personas físicas.

¿Dónde aplica la PTU para personas físicas?

La fecha límite para el cumplimiento del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) para personas físicas es el 29 de junio. No importa el régimen en el que se encuentren registrados, si tienen a cargo a personal de subordinado, están obligados a repartir PTU, afirma Rodolfo Trampe para EL Financiero.

Por otro lado, Verónica Zepeda docente de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC) también informa que algunas personas físicas deben dar reparto de utilidades si se encuentran realizando actividades de persona moral.

Si el giro de la persona registrada como física está prestando servicios, se dedica a la elaboración y distribución de productos o alguna otra actividad igual a la de una persona moral, deben repartir el beneficio de la utilidad generada durante el periodo correspondiente, menciona Zepeda para El Financiero.

¿Quiénes no están obligados a dar utilidades?

De acuerdo con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas que quedan exentas de este reparto son las que acaban de fundarse, las dedicadas a la elaboración de un producto nuevo en sus dos primeros años, de industria dedicadas a la extracción de minerales, gas y petróleo.

También, todas aquellas empresas sin fines de lucro y dedicadas a labores humanitarias (ONG), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con miras a la cultura, así como las que tengan un ingreso de capital menor al fijado la STPS.

El plazo máximo para cubrir el reparto de utilidades es de 60 días posteriores al pago anual de la empresa o patrón, en este sentido las personas físicas tienen un plazo mayor de tiempo, pues si fecha límite para presentar su declaración anual es un mes después de las personas morales.